Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2007 (26/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

352225

Que a la fecha la administrada no ha remitido respuesta al Oficio Nº 1353-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, produciendo la paralizacion del tramite por mas de treinta (30) dias, segun el cargo de recepcion MORDAZA indicado y que obra en el expediente del presente procedimiento administrativo; Que por lo tanto, en conformidad al articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es procedente declarar en abandono el procedimiento iniciado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3352007-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 12 de junio del 2007 y el Informe Nº 507-2006-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 12 de diciembre del 2006, con el visto MORDAZA de la instancia legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JEQUETEPEQUE 4", de matricula Nº SE-13580-PM, iniciado por la empresa PESQUERA EL ARPON S.A.C., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

100628-2

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Empresa Pesquera MORDAZA del MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 315-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 Visto el escrito de Registro Nº 00037018 de fecha 24 de MORDAZA de 2007 presentado por la EMPRESA PESQUERA MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, establece que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que mediante Resolucion Directoral Nº 058-99-PE/ DNE, de fecha 4 de marzo de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MIGLIORI BAZALAR, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "MARIA DEL MORDAZA " de matricula HO-4309-CM, de 33.25 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto y los recursos jurel, caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA de hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas ( 13 mm y 38 mm ) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso del recurso

hidrobiologico anchoveta y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; y, que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y con destino al consumo humano directo e indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que a traves del escrito del visto la EMPRESA PESQUERA MORDAZA DEL MORDAZA S.R,L, solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MARIA DEL ROCIO" de matricula Nº HO-4309-CM Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido en presentar los requisitos sustantivos y los establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 331-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la EMPRESA PESQUERA MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. el cambio del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 058-99-PE/DNE, de fecha 04 de marzo de 1999, para operar la embarcacion pesquera "MARIA DEL ROCIO" de matricula Nº HO-4309-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, o en su defecto bodegas aisladas termicamente y MORDAZA de hielo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del Permiso de Pesca que fue otorgado a favor del armador MORDAZA MORDAZA MIGLIORI BAZALAR mediante Resolucion Directoral Nº 058-99-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera denominada "MARIA DEL ROCIO" de matricula Nº HO-4309-CM. Articulo 4º.- Incorporar a la Empresa Pesquera MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L. como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MARIA DEL ROCIO" de matricula Nº HO-4309-CM, asi como la presente resolucion en el literal L) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina

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