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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (29/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352362 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO DEL MAR DEL PERU Exoneran de proceso de selección la adquisición de ecosonda digital RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DE-182- 2007 Callao, 23 de agosto de 2007VISTOS:Memorando Nº OAJ Nº 598 - 2007 Memorandum Nº DOA Nº 935 - 2007 Memorandum Nº DIPDT Nº 390 - 2007Memorandum Nº OPP Nº 370 -2007 CONSIDERANDO: Que, el Instituto del Mar del Perú-IMARPE, estudia el ambiente y la biodiversidad marina, realiza investigaciones cientí fi cas de los recursos del mar y las aguas continentales, investigaciones oceanográ fi cas, limnológicas y de la calidad del ambiente acuático, promueve el desarrollo de la investigación cientí fi ca y tecnológica entre otras actividades; Que, la Dirección de Investigaciones en Pesca y Desarrollo Tecnológico, es el órgano encargado de desarrollar las investigaciones orientadas a lograr el racional aprovechamiento de los recursos marinos y continentales, mediante tecnologías de pesca y percepción remota; Que, asimismo tiene como funciones realizar investigaciones tecnológicas de pesca relacionadas con la evaluación y distribución de los recursos hidrobiológicos con base a técnicas de percepción remota e información satelital, en apoyo a las diferentes áreas de investigación del IMARPE, de conformidad con la política y planes institucionales; Que, una de las principales Líneas de Investigación cientí fi ca que realiza el IMARPE, es la evaluación de los recursos pesqueros usando métodos directos entre ellos la aplicación de la hidroacústica, técnica que hace posible mediante la utilización de un sistema sonar integrado (detección y ecointegración) la cuanti fi cación y la cali fi cación del recurso objetivo de investigación y de esta forma calcular en forma directa y en términos absolutos la biomasa de las especies comerciales como: anchoveta, sardina, jurel, caballa, pota, merluza, entre otros, con la fi nalidad de estimar las cuotas de captura permisible, que permitan una administración sustentable de estos recursos, Que, las plataformas de investigación BIC Humboldt, BIC José Olaya Balandra, BIC SNP-2 y BIC IMARPE VIII, están equipadas y operan programas de codi fi cación- decodi fi cación de datos captados, basados en los equipos y transductores SIMRAD EK 500 de penúltima generación; Que, SIMRAD ha desarrollado la ecosonda cientí fi ca EK 60 de última generación, que permite que la información digital recolectada sea transferida mediante enlace ETHERNET a un servidor y ser post-procesada mediante programas virtuales, lo que permite una mayor explotación y calidad en el análisis de los datos; Que, las principales especies son la anchoveta, pota, jurel, caballa y merluza, constituyen un aporte signi fi cativo al PBI nacional; requieren ser evaluados periódicamente con la mayor e fi ciencia; ya que al contar con series de tiempo e información cientí fi ca actualizada será posible recomendar las medidas oportunas para su adecuado manejo o explotación; Que, la ecosonda cientí fi ca EK 60 SIMRAD es la única ecosonda digital que contiene “rango dinámico de detección” el cual es mucho mayor a cualquier otro sistema sonar en el mercado; asimismo cuenta con la ventaja tecnológica de los transductores “Split beam”, lo que permite que el proceso de detección y ecointegración tenga una cobertura muy amplia sobre los organismos vivos en el mar peruano, que admite realizar estudios de ecología, tipología, dinámica y estructura tridimensional de cardúmenes y el proceso de discriminación en función con la talla del pez y su correlación con la fuerza de blanco (Target Strength- TS) que esta íntimamente ligado al calculo de la biomasa y la densidad de los recursos pesqueros; Que, la recopilación de datos acústicos de los recursos pesqueros peruanos del IMARPE, desde los 70’s son tomados con equipos de detección y ecointegración marca SIMRAD, por lo que para mantener una base de datos compatible en el tiempo, es necesario conservar la metodología y la sistematización logradas con los equipos en mención, y propender a mejorar nuestro sistema acústico y la calidad de los datos cumpliendo con las exigencias mundiales de e fi cacia y tecnología hidroacústica, en la evaluación y seguimiento de la biomasa de la pesquería más grande del mundo; Que, la base de datos ha sido procesada, analizada y validada mediante programas de codi fi cación- decodi fi cación inmersos dentro de las características de los equipos SIMRAD, por lo que es indispensable que se considere la misma caracterización y marca de las ecosondas cientí fi cas con las que cuenta la Entidad ; Que, no existe en el mercado nacional o internacional un equipo con las características técnicas mencionadas, que sea una alternativa para reemplazar al equipo EK 60 de marca SIMRAD ; Que, el Informe Técnico justi fi ca técnicamente porqué adquirir una ecosonda cientí fi ca digital EK60 de marca SIMRAD,toda vez que la misma no admite sustituto de otras marcas ; Que, en tal sentido, no resulta necesario convocar a un proceso de selección toda vez que la marca SIMRAD es la única que fabrica este equipo de alta tecnología, que no puede ser reemplazado por uno análogo, siendo el titular del privilegio de invención ; Que, el Informe Legal al respecto indica que el Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, inciso e) señala que, es causal de exoneración de proceso de selección, cuando los bienes o servicios no admiten sustituto, y exista proveedor único; Que, esta causal de exoneración del proceso de selección se ocupa de aquellos supuestos en los cuales el oferente o postor es el titular de un privilegio jurídicamente reconocido, que hace imposible la convocatoria a un proceso, ya que solamente éste se presentaría a dicho proceso; Que, la necesidad de la entidad no puede ser satisfecha igualmente con otros bienes o equipos análogos, es decir, no se encuentra en el mercado sustituto conveniente capaz de satisfacer la necesidad de la entidad, por las consideraciones técnicas esgrimidas por el área cientí fi ca; Que la O fi cina de Plani fi cación Presupuesto y Evaluación de Gestión ha emitido opinión presupuestal favorable; Con el visto bueno de la O fi cina de Administración, Ofi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión, Dirección Cientí fi c a y , l a O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección por la causal de “bienes o servicios que no admiten sustituto y exista proveedor único”, para la adquisición de la ECOSONDA DIGITAL EK 60 SIMRAD, conforme a las especi fi caciones técnicas a la empresa Robinson Marine Electronics S.R.L. única empresa representante en el Perú de la marca SIMRAD; por el valor referencial de S/. 695,470.00 (Seiscientos noventa y cinco mil cuatrocientos setenta 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. Artículo 2º.- Designar como órgano encargado de realizar la contratación exonerada a la Unidad de Logística e Infraestructura. Artículo 3º.- La presente contratación se regulará por las disposiciones del Texto Unico Ordenado la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por