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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (31/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de agosto de 2007 352509 reprogramación de las metas institucionales. Se modi fi cará el Plan Anual cuando: se tenga que incluir o excluir procesos de selección; o se modi fi que la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en más de 25% del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución de Alcaldía N° 048-2007-DA/MDB a la Gerente Municipal y a lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero: Aprobar la Modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Breña para el ejercicio fi scal 2007. Artículo Segundo: Aprobar la Inclusión de las Adjudicaciones Directas Selectivas para las Rehabilitaciones de las Pistas en el Distrito de Breña de la Segunda y Tercera Etapa, ascendiendo la Rehabilitación de las Pistas del Distrito de Breña – Segunda Etapa al monto referencial de S/. 280,816.78 (Doscientos Ochenta Mil Ochocientos Dieciséis con 78/100 Nuevos Soles), y ascendiendo la Rehabilitación de las Pistas del Distrito de Breña – Tercera Etapa al monto referencial de S/. 237,816.98 (Doscientos Treinta y Siete Mil Ochocientos Dieciséis con 98/100 Nuevos Soles), estableciendo para ambos casos como Financiamiento: Fuente 07 – Foncomun y Fuente 09 – Recursos Directamente Recaudados. Artículo Cuarto: Disponer que el Plan Anual modi fi cado a que se re fi ere el Artículo precedente, se ponga a disposición del público en la Subgerencia de Logística y se remita en el plazo no mayor de cinco días al SEACE - CONSUCODE. Artículo Quinto: Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Logística, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIVIA ESTHER FLOREZ FERNÁNDEZ Gerente Municipal 102764-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de La Molina ORDENANZA Nº 152 La Molina, 14 de agosto del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto; en Sesión Extraordinaria de Concejo del 10 de agosto del 2007, la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Molina, respecto a los Procedimientos a cargo de la Subgerencia de Comercialización, Unidad de Defensa Civil y de la O fi cina de Fiscalización y Control Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 102 del 20 de mayo del 2005, rati fi cada por Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 184 del 18 de mayo del 2006; y, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 05 de junio del 2006, se aprobó el Cuadro de Procedimientos, Requisitos, Costos y Derechos Administrativos correspondientes a los trámites que se realizan en la Municipalidad Distrital de La Molina; así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Molina;Que, mediante Ordenanza Nº 149, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 8 de agosto del 2007, la Municipalidad adecuó al nuevo procedimiento de Otorgamiento de Licencia Municipal de Funcionamiento, regulado por la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el 5 de febrero del presente año, y que entró en vigencia el 4 de agosto del presente año; Que, en la Ley Marco se establece que la entidad deberá evaluar para el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento, los aspectos de zoni fi cación y compatibilidad de uso, así como las condiciones de seguridad de Defensa Civil, estando sujeto el procedimiento a silencio administrativos positivo, si en el plazo de quince días no se atiende las solicitudes; Que, asimismo establece los únicos requisitos que les serán exigibles a los conductores de establecimientos, no pudiendo solicitar requisitos adicionales, además ha establecido una licencia única, procedimiento que deberán seguir tanto las Mypes como las empresas grandes, ya no haciendo este distingo ni tampoco regula una licencia provisional, sino que todas tendrán la calidad de indeterminadas y podrán emitirse licencias con vigencia temporal, a solicitud expresa de los conductores. Asimismo prevé una autorización conjunta para la instalación de toldos y anuncios, así como utilización de la vía pública, junta con la expedición de la Licencia de Funcionamiento; Que, en la mencionada Ley se ha equiparado a las galerías con los mercados de abastos otorgándoles la posibilidad de solicitar una licencia corporativa, previa inspección técnica de seguridad de detalle y para cada puesto o stand una inspección técnica de defensa civil básica, pudiendo ser previa o con posterioridad según el área; Que, en lo relativo al cese de actividades la norma lo ha establecido como un procedimiento de aprobación automática y que puede ser comunicado incluso por un tercero con legítimo interés. Que, el valor de la licencia deberá incluir el costo del procedimiento para su otorgamiento, además de la evaluación de la zoni fi cación y la compatibilidad de uso y la inspección técnica de seguridad en defensa civil básica. Que, mediante Ordenanza Nº 148, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 8 de agosto del 2007, se ha modi fi cado el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, estableciendo que la Unidad de Defensa Civil pase a formar parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano, por ser a fi nes sus funciones a las de dicha Gerencia. Que, en la Ordenanza Nº 102, respecto a los trámites correspondientes a la O fi cina de Fiscalización y Control Municipal, en el Procedimiento 9.02.1 – Descargo de papeleta de infracción, se otorgaba al administrado el plazo de diez (10) días hábiles para efectuarlo, y siendo que en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativa, aprobado mediante Ordenanza Nº 151, se señala que dicho plazo es de cinco (05) días hábiles, siendo en tal sentido necesaria su modi fi cación; Que, mediante Informe Nº 499-2007-MDLM-GAJ del 09 de los corrientes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la necesidad de modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los Artículos 9º, Numerales 8) y 9), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de Comisiones y de aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Molina, referido a los Procedimientos a cargo de la Subgerencia de Comercialización, Unidad de Defensa Civil y la O fi cina de Fiscalización y Control Municipal, de conformidad al detalle del cuadro que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde