Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2007 (31/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2007

MORDAZA de lo establecido por la politica y normativa nacional y regional. b) Preparar propuestas especificas para el establecimiento de politicas, planes, programas y actividades locales en materia ambiental. c) Evaluar la aplicacion en el nivel local de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. TITULO III DE LA GESTION AMBIENTAL LOCAL Articulo 13º.- De la Gestion Ambiental Local Se entiende por gestion ambiental al MORDAZA orientado a administrar con la mayor eficiencia posible los recursos y problemas ambientales existentes en el territorio del distrito de San MORDAZA, buscando la mejora de la calidad de MORDAZA de sus habitantes dentro de un enfoque de desarrollo humano sostenible. Las funciones ambientales de la municipalidad, de la Comision Ambiental Municipal y de otras entidades con competencias ambientales que se senalen en la presente MORDAZA, se ejercen en forma coordinada con sujecion a la politica ambiental, nacional y regional, asi como las normas, instrumentos y mandatos de caracter transectorial, que son de observancia obligatoria en los distintos ambitos y niveles del gobierno. El caracter transectorial de la gestion ambiental implica que la actuacion de las autoridades locales se orienta, integra, estructura, coordina y supervisa, en base a las politicas, planes, programas y acciones publicas hacia el desarrollo humano sostenible del distrito, la region y del pais. Articulo 14º.- Concertacion de la Gestion Ambiental Local La gestion ambiental local se desarrolla en base al Plan de Accion Ambiental Local que sera elaborado por la Comision Ambiental Local, en su calidad de instancia de concertacion, con participacion ciudadana e institucional del distrito. Articulo 15º.- Del Sistema Local de Gestion Ambiental - SLGA El SLGA constituye un conjunto de componentes humanos, administrativos y normativos que dentro de la estructura organica del gobierno local, llevan a cabo la formulacion de la politica ambiental, asi como la planificacion, la instrumentacion, control, evaluacion y seguimiento de las acciones de proteccion y conservacion del medio ambiente y el manejo adecuado de los recursos naturales, a traves de un MORDAZA participativo en coordinacion con las instancias nacionales y regionales con la sociedad civil local organizada. Articulo 16º.- De la estructuracion del Sistema Local de Gestion Ambiental El Sistema Local de Gestion Ambiental del distrito de San MORDAZA esta conformada por la siguiente estructura institucional. 1. Nivel de aprobacion 2. Nivel de coordinacion y concertacion local 3. Nivel de proposicion 4. Nivel de ejecucion Articulo 17º.- Nivel de aprobacion Local En este nivel se definen los principios y objetivos de la gestion ambiental local y se aprueban las Politicas Ambientales Locales en MORDAZA con la Politica Ambiental Regional y Nacional, con la participacion activa de los actores locales y la aplicacion de los acuerdos que se deriven de este. Se encuentran dentro de este nivel el MORDAZA y el Concejo Municipal Articulo 18º.- Nivel de Coordinacion y Concertacion Local Es el nivel donde se propone, coordina, dirige y supervisa la politica ambiental local y los diferentes instrumentos de gestion ambiental en el ambito local. Aqui

se conduce el MORDAZA de coordinacion y concertacion interinstitucional en MORDAZA con las politicas regionales y nacionales y con los Planes de Accion y Agendas Regionales y la Agenda Ambiental Nacional. Se encuentran en este nivel: La Comision de Regidores de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, la Gerencia de Servicio a la MORDAZA y La Comision Ambiental Municipal. Articulo 19º .- Nivel de Proposicion Local En este nivel se promueven los Grupos Tecnicos Locales para la discusion, analisis y busqueda de acuerdos tecnicos y mecanismos para hacer operativos los instrumentos de gestion ambiental en el ambito local, enfrentar las oportunidades, problemas y conflictos ambientales, asi como para disenar, ejecutar y evaluar politicas ambientales locales. Estos estaran integrados por representantes de instituciones de los sectores publicos y privados y por personas naturales designadas por sus cualidades personales y profesionales, las mismas que participaran a titulo personal. Los Grupos Tecnicos Locales seran creados por el Gobierno Local. Asimismo, el Gobierno Local podra proponer al Consejo Directivo del CONAM, a traves de la Comision Ambiental Regional, la aprobacion de los Grupos Tecnicos Locales que consideren. Articulo 20º.- Nivel de Ejecucion Local En este nivel se ejecuta operativamente y se controlan los instrumentos, politicas y acciones en el ambito local para la proteccion ambiental que se deriven en el MORDAZA de toma de decisiones en los distintos niveles del SLGA. Se incluye en este nivel a los diferentes organos municipales, asi como tambien el sector comercialempresarial, entidades publicas y privadas y la sociedad civil local. Corresponde a ellas la implementacion de la politica ambiental local, los planes, programas, acuerdos, medidas, decisiones, y compromisos que se deriven del MORDAZA de toma de decisiones en los distintos niveles del SLGA. Articulo 21º.- Del objetivo estrategico de la gestion ambiental local La gestion ambiental local de San MORDAZA se orienta hacia el desarrollo sostenible del distrito y, en particular a promover una gestion integral del ambiente, en donde se compagine el progreso economico social, cultural y territorial con el desarrollo sostenible a traves de acciones de conservacion y el desarrollo de una cultura ambiental entre los ciudadanos. TITULO IV DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES Articulo 22º.- De la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural Es obligatorio para toda persona natural o juridica, residente, visitante o transeunte en el distrito de San MORDAZA, la conservacion del patrimonio natural, socioeconomico y cultural del distrito, asi como el respeto de los simbolos que lo representan y el cumplimiento de las normas nacionales, regionales y locales de gestion ambiental, bajo responsabilidad legal. Esta prohibida la realizacion de todo acto o accion que afecte: 1. La salud de las personas que residen o desarrollan sus actividades en el distrito de San MORDAZA 2. La limpieza publica de las calles del distrito 3. El patrimonio arqueologico localizado dentro del distrito 4. El ornato publico 5. La tranquilidad publica 6. Las areas verdes del distrito Articulo 23º.- De las actividades ambientalmente sensibles Son declaradas actividades ambientalmente sensibles aquellas que afectan significativamente el desarrollo del distrito y la calidad de MORDAZA de la poblacion, estando entre ellas:

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