Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2007 (31/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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1. La generacion de ruidos molestos. 2. El uso de sustancias toxicas en servicios de mantenimiento. 3. El uso de plaguicidas calificados por la Organizacion Mundial de la Salud, como peligrosos y extremadamente peligrosos. 4. La circulacion de vehiculos que emiten gases en proporciones contaminantes. 5. Arrojo de residuos solidos en la via publica. 6. Disposicion de excretas de animales de compania en las areas verdes y areas publicas. El presente articulo no es taxativo, siendo posible considerar otras actividades con las caracteristicas senaladas. Son prioritarias las acciones normativas y de gestion que MORDAZA necesarias para prevenir, controlar, fiscalizar, mitigar y/o corregir los impactos ambientales negativos que se deriven de las actividades mencionadas. De igual manera, se consideraran actividades ambientalmente sensibles a aquellas que se generan fuera del ambito distrital pero que afectan de manera directa al distrito, en cuyo caso, se coordinara con las autoridades competentes. Articulo 24º.Recursos para obras e infraestructura En la elaboracion del presupuesto operativo municipal y el presupuesto participativo, se propondra la asignacion de recursos para las obras de infraestructura, proyectos, planes y programas, asi como tambien en actividades de manejo y conservacion ambiental establecidas en el Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local del distrito de San Borja. TITULO V DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Articulo 25º.- De los instrumentos de planificacion ambiental En el diseno y revision de los planes municipales de desarrollo y ordenamiento de las actividades que se realizan en su jurisdiccion, la Municipalidad de San MORDAZA, considerara los lineamientos de politica, objetivos, metas, estrategias y mandatos establecidos en la presente ordenanza, en el Plan de Accion Ambiental Local de San MORDAZA y todo otro instrumento de gestion ambiental vigente y aplicable a la localidad. a) Del Plan de Accion Ambiental Local El proyecto de Plan de Accion Ambiental de San MORDAZA, es elaborado por la Comision Ambiental Municipal - CAM, en un MORDAZA concertado y participativo, teniendo en cuenta los criterios establecidos en la Guia del Sistema de Gestion Ambiental Local. Sera aprobado mediante ordenanza. b) De la Agenda Ambiental Local La Agenda Ambiental Local sera elaborada por la CAM, la cual se encargara de elaborar el cronograma de actividades durante dos anos. La Agenda sera aprobada mediante ordenanza. Articulo 26º.- De las normas municipales La Municipalidad de San MORDAZA emitira las normas que resulten necesarias a fin de alcanzar progresivamente, el cumplimiento del Plan de Accion Ambiental, los objetivos especificos de la gestion ambiental del distrito. Asimismo, adoptara en la medida que sea necesario, los dispositivos legales pertinentes de las normas ambientales de nivel nacional, regional o provincial, de acuerdo con la realidad del distrito. Toda MORDAZA municipal de gestion ambiental sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y la pagina web de la municipalidad o mediante su publicacion en ambientes del local municipal. Articulo 27º.- De la participacion ciudadana

La Gestion Ambiental Local de San MORDAZA es concertada y participativa. La poblacion tiene derecho a participar en los procesos de la gestion ambiental a traves de: a) La participacion en forma individual o colectiva en la Comision Ambiental Municipal b) La consulta ciudadana a traves de los medios previstos en la presente ordenanza y otras formas de consulta, incluyendo las modalidades de consulta establecidas en la Ley Nº 26300 c) El control y la fiscalizacion ciudadana, a traves de los medios que disponga la municipalidad d) La iniciativa en la MORDAZA de propuestas para su consideracion ante la CAM e) El aporte de trabajo comunal en las obras, actividades, campanas y demas acciones publicas f) La denuncia de las infracciones de caracter ambiental Articulo 28º.- Del informe ambiental El MORDAZA de San MORDAZA presentara en la Memoria Anual, un informe sobre la situacion ambiental del distrito que incluira una evaluacion del cumplimiento del Plan de Accion Ambiental y de las acciones de la CAM y, en general, de las iniciativas y acciones de gestion ambiental que hayan sido desarrolladas durante el periodo del informe. Articulo 29º.- Campanas de educacion y sensibilizacion ambiental La Municipalidad de San MORDAZA realizara campanas periodicas de educacion y sensibilizacion ambiental, a fin de difundir el Plan de Accion Ambiental de San Borja. Con el mismo proposito la municipalidad promovera y brindara facilidades para que la CAM y otras instancias involucradas a la gestion ambiental local desarrollen acciones de educacion ambiental y campanas de sensibilizacion. Las acciones de educacion y sensibilizacion ambiental podran incluir los siguientes actos, los cuales no son limitativos para el fin que se persigue: a) Campanas publicitarias a traves de los medios de comunicacion masiva (radio, television, revistas, Internet), asi como a traves de folletos, cartillas, afiches y carteles. b) Promocion de municipios escolares y coordinacion de acciones de gestion ambiental c) Realizar charlas, seminarios, talleres y cursos de capacitacion en temas ambientales desarrollados para cada grupo objetivo de actores sociales. NORMAS ESPECIFICAS SOBRE INCENTIVOS Y SANCIONES Articulo 30º.- De los incentivos y sanciones La Municipalidad de San MORDAZA propondra los incentivos para el desarrollo de proyectos de inversion tendientes a mejorar el desempeno ambiental de las actividades que se realizan en su jurisdiccion o para la ejecucion de nuevos proyectos de inversion acordes con los objetivos de desarrollo sostenible establecidos en la presente ordenanza, otras normas ambientales municipales, el Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local, mediante un convenio de mutua cooperacion, previa opinion de la Comision de Regidores del Medio Ambiente. Asimismo, esta facultada para imponer sanciones a las personas naturales o juridicas que contravengan lo dispuesto en la presente ordenanza y las otras normas municipales de gestion ambiental. Estas sanciones podran consistir en amonestaciones, multas y el cierre parcial o total de establecimientos, segun se establece en el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas. Articulo 31º.- Evaluacion ambiental de proyectos de inversion Todo plan, programa o proyecto de inversion o investigacion, no comprendido en el ambito de competencias de los organos sectoriales del Poder Ejecutivo Nacional, requerira de un MORDAZA de evaluacion

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