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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2007 358926 Estacionamiento Al interior del predio de permitirlo las dimensiones del inmueble y de los vanos. Las nuevas edifi caciones deberán respetar los componentes de la imagen urbana que permita su integración con los bienes culturales inmuebles existentes en el lugar, para lo cual deberán armonizar en carácter, composición volumétrica, escala y expresión formal de los citados inmuebles. Artículo 5º.- DISPONER que la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano remita la Redelimitación y Reglamento de la Zona Monumental de Huancayo a la Municipalidad Provincial de Huancayo a fi n de que se incorpore en la propuesta de zonifi cación actual de acuerdo al Plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia de Huancayo. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 139092-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS Moyobamba S.R.Ltda. para el próximo quinquenio RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 080-2007-SUNASS-CD Lima, 28 de noviembre de 2007VISTOS:La Resolución N° 012-2006-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba, EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda, conforme a lo establecido en el artículo 9° de la Resolución de Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD; El Memorándum N° 201-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario fi nal, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N° 012-2006-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión para el quinquenio 2008-2012, conforme a lo establecido en el artículo 9° de la Resolución de Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD; Que, mediante Memorándum N° 102-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda para el próximo quinquenio; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 033-2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que aprueba las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 24 de julio de 2007 se realizó la audiencia pública en la cual SUNASS sustentó la propuesta de fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda; Que, mediante Memorándum N° 201-2007-SUNASS- 110, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluación de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública; así como la propuesta fi nal de las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda para el próximo quinquenio; Que, conforme al artículo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y las metas de gestión para la citada EPS; Estando a lo acordado en la Sesión de Consejo Directivo N° 022-2007-SUNASS: SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba, EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda, para el próximo quinquenio, las cuales se encuentran contenidas en el anexo N° 1 de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer, sujeto al cumplimiento de lo establecido en el artículo 31° del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la creación de un fondo exclusivo para fi nanciar las inversiones con recursos propios que forman parte de las fórmulas tarifarias y estructuras tarifarias aprobadas por la SUNASS, que sólo podrá ser utilizado para tales fi nes. Para constituir dicho fondo, la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda deberá destinar mensualmente en cada uno de los años del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y servicios colaterales señalados en el Cuadro Nº 1. CUADRO Nº 1 FONDO EXCLUSIVO DE INVERSIÓN PeríodoPorcentaje de los Ingresos (1) Año 1 7,2%Año 2 11,2%Año 3 8,0%Año 4 13,6%Año 5 9,0% (1) Por los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Servicios Colaterales. Si se comprobara el uso de los recursos, que conforman el referido fondo, para fi nes distintos a los establecidos en la presente Resolución, la Superintendencia comunicará el hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloría General de la República para la determinación de las respectivas responsabilidades administrativas, civiles y penales. Artículo 3°.- Aprobar los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las metas de gestión e incrementos tarifarios de la EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 2 de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la aplicación de las estructuras tarifarias establecida en el Anexo N° 1 a partir del inicio del siguiente ciclo de lectura, posterior a la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, José Stok Capella, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo