Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2007 (04/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

359049

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Rectifican D.A. Nº 07-2000-MSS que aprobo Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden de MORDAZA Apostol"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 17-2007-MSS MORDAZA de MORDAZA, 30 de noviembre de 2007 EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Decreto de Alcaldia Nº 07-2000-MSS, de fecha 12 de diciembre del 2000, que aprueba el Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden de MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Decreto de Alcaldia Nº 072000-MSS, que aprueba el Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden de MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, senala que las insignias y distintivos de la condecoracion "Orden MORDAZA Apostol" son las siguientes: Medalla Civica: Material: Plata 925/1000...; Que, en este extremo, se aprecia que existe error en la denominacion del material de la Medalla Civica, por cuanto se consigna: Plata 925/1000, debiendo ser lo correcto: Metal plateado con bano de plata 925/1000; Que, el Articulo 201º numeral 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que: "Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision"; Estando a lo expuesto y conforme a lo previsto por el articulo 24º y 39º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; asi como a la encargatura del despacho de Alcaldia otorgada al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambirazio MORDAZA desde el 16 de noviembre al 3 de diciembre del 2007, mediante Acuerdo de Concejo Nº 92-2007-ACSS de fecha 31 de octubre de 2007; DECRETA: Articulo Primero.- Rectificar de Oficio, el Decreto de Alcaldia Nº 07-2000-MSS de fecha 12 de diciembre del 2000, que aprueba el Texto Unico del Reglamento de la Condecoracion "Orden de MORDAZA Apostol" de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en el extremo que consigna el siguiente Articulo: DICE: Articulo 7º.- Las insignias y distintivos de la condecoracion "Orden MORDAZA Apostol" son las siguientes: Medalla Civica Material: Plata 925/1000. DEBE DECIR: Articulo 7º.- Las insignias y distintivos de la condecoracion "Orden MORDAZA Apostol" son las siguientes:

Medalla Civica Material: Metal plateado con bano de plata 925/1000 Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Procesos, la presente publicacion del Decreto de Alcaldia, en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA GAMBIRAZIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 139232-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MORDAZA DE YARUSYACAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa o empresas para la ejecucion de la Obra "Rehabilitacion de la Carretera Batanchaca - Yarusyacan"
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 057-2007-MDSFAY/A Yarusyacan, 26 de noviembre del 2007. VISTO: En Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 20 de noviembre del 2007; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan, por ser Organo de Gobierno local goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad al Articulo II del Triunfo Preliminar de la Ley Organica de la Municipalidades Ley Nº 27972 en concordancia con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado. Que, con fecha 20 de noviembre del ano en curso, se llevo a cabo la sesion ordinaria, para tratar asuntos de entre otros, lo relacionado a la Obra" Rehabilitacion Carretera Batanchaca - Yarusyacan", los mismos que fueron debatidos los informes; tecnico y legal, los cuales se analizo los alcances de dichos documentos, donde se comunica la necesidad de contratar y/o adquirir a traves de acciones inmediatas los Bienes, Servicios, Obras y otros. Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion de Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia o en Desabastecimiento Inminente declaradas de conformidad a la MORDAZA precitada. Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, prescriben que la Resolucion o Acuerdo que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion,

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