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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2007 359047 ORDENA: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ancash, en los términos descritos en el documento que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y el anexo en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Huaraz, a los 13 días del mes de julio de 2007.EZEQUIEL DIONICIO NOLASCO CAMPOS Consejero Delegado del Consejo Regional de Ancash POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los 16 días del mes de julio de 2007. CÉSAR J. ALVAREZ AGUILAR PresidenteGobierno Región Ancash 139171-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan plazo para acogerse a beneficios de inscripción masiva gratuita de la Declaración Jurada del Impuesto Predial y de Regularización de Edificaciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 029 San Juan de Lurigancho, 30 de noviembre del 2007.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 247-2007-GR/MSJL de fecha 23.11.2007, y el Informe Nº 0569-2007-GAJ/MDSJL de fecha 23.11.2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 247-2007-GR/MSJL de fecha 23.11.2007 emitido por la Gerencia de Rentas se señala que estando por vencer la vigencia del Benefi cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Regularización de Edifi caciones aprobada mediante Ordenanza Nº 118 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 26.07.2007, y a fi n de dar mayores facilidades a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias y no tributarias, y en vista de que muchos de ellos aún no han tenido la oportunidad de acogerse al benefi cio otorgado, es necesario prorrogar dicho plazo hasta el día 29 de febrero del 2008.Que, mediante Informe Nº 0569-2007-GAJ/MSJL de fecha 23.11.2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis legal de las normas vigentes pertinentes sobre la materia se concluye que resulta procedente que el Titular de la Corporación Municipal mediante Decreto de Alcaldía disponga hasta el 29 de febrero del 2008 el plazo de vigencia para acogerse al Benefi cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Regularización de Edifi caciones otorgado mediante Ordenanza Municipal Nº 118 de fecha 26.07.2007. Que, mediante Ordenanza Nº 118 publicada con fecha 27.07.2007 en el Diario Ofi cial El Peruano se aprobó el Benefi cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada de Impuesto Predial y Regularización de Edifi caciones, estableciéndose en la Primera Disposición Final que el plazo para acogerse al benefi cio tributario de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada de Impuesto Predial será de noventa (90) días a partir de la vigencia de la Ordenanza, y el plazo para acogerse al benefi cio administrativo de Regularización de Edifi caciones será de ciento veinte (120) días a partir de la vigencia de la Ordenanza, facultándose en su Cuarta Disposición Final al Despacho de Alcaldía para que mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía pueda establecer la prórroga de la vigencia de la citada norma. Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ordenanza Municipal Nº 118; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar hasta el día 29 de febrero del 2008, el plazo para acogerse al benefi cio tributario de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada de Impuesto Predial, así como el plazo para acogerse al benefi cio administrativo de Regularización de Edifi caciones, otorgados mediante Ordenanza Municipal Nº 118, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 26 de julio del 2007, mediante la cual se dispuso la aprobación del Benefi cio de Inscripción Masiva Gratuita de Declaración Jurada de Impuesto Predial y Regularización de Edifi caciones para los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 139256-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Establecen Beneficio de Regularización Tributaria en el distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 143-MDSM San Miguel, 26 de noviembre de 2007EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL