Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007 Acondicionamiento Ambiental y Turistico de 22867 la MORDAZA Interior de MORDAZA del Lago Titicaca Rehabilitacion y puesta en valor turistico del barrio San MORDAZA y areas conexas ­ MORDAZA de MORDAZA Municipalidad Provincial de MORDAZA Municipalidad Provincial de MORDAZA

NORMAS LEGALES
443,423 Diciembre 2007

359319

3

4

400,000

Diciembre 2007

TOTAL

3'343,423 -

-

Articulo 2º.- Autorizacion del Giro Autorizar a la Oficina General de Administracion del MINCETUR a girar a nombre de las entidades publicas MORDAZA mencionadas, los monto autorizados en la presente Resolucion Ministerial, en funcion a los calendarios de compromisos que autorice la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Publicacion en MORDAZA del MINCETUR Publiquese la presente Resolucion Ministerial en la pagina web del MINCETUR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

140711-1

DEFENSA
Autorizan venta directa de predios del Ejercito al Gobierno Regional y a la Municipalidad Provincial de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 023-2007-DE/EP
MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 165º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea y tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica; Que, de acuerdo con la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, el Ejercito, la MORDAZA de MORDAZA y la Fuerza Aerea son Organos de Ejecucion del Ministerio de Defensa; Que, la Vigesimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional recoge el compromiso del Estado de proveer los elementos materiales necesarios para el cumplimiento de la mision constitucional de las Fuerzas Armadas y el papel asignado por el Estado; Que, la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disposicion de inmuebles del Sector Defensa, autorizo al Ministerio de Defensa y a sus Organos de Ejecucion (Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea) a realizar actos de administracion y disposicion, a titulo oneroso, de los inmuebles de su propiedad que no resulten necesarios para el cumplimiento de su finalidad o no se encuentren considerados en sus planes estrategicos, destinando los recursos que se obtengan para fines de bienestar de su personal; considerando asimismo, por excepcion la disposicion de bienes necesarios para fines de Defensa Nacional, especialmente los ubicados en areas urbanas que almacenen materiales que representen un riesgo para la poblacion, siempre que los recursos generados MORDAZA destinados para los mismos fines; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA ha solicitado al Ministerio de Defensa la adjudicacion en venta directa de un area del inmueble de propiedad del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, donde se encuentra ubicado actualmente el Cuartel "Mariscal Nieto", con la finalidad de que sea destinado para la construccion de la Universidad Nacional de MORDAZA, el MORDAZA Ferial y el Intercambio Vial de la localidad; Que, asimismo, del mismo inmueble, la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA ha solicitado la venta directa de

otra area para ser destinada a la construccion del MORDAZA Municipal de dicha localidad, asi como tambien, ha solicitado la venta directa de un area del inmueble de propiedad del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, donde se encuentra ubicada la Escuela de Aviacion del Ejercito, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la finalidad de que sea destinado para la construccion del Terminal Terrestre de Moquegua; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29006 establece que la disposicion de los bienes inmuebles transferidos en propiedad al Ministerio de Defensa o a sus Organos de Ejecucion, segun sea el caso, se realiza conforme a lo establecido en el Reglamento de Administracion de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-DE/SG y sus modificatorias; Que, el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 032-DE/SG establece que cuando en caso excepcional sea necesaria la venta directa de una propiedad inmueble perteneciente a los Institutos de las Fuerzas Armadas o a un Instituto Armado se requerira contar con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, el Decreto Supremo Nº 032-DE/SG no contempla los costos directos o indirectos que se generan por la venta, es decir, aquellos necesarios para la desinstalacion, traslado e instalacion, y todos aquellos que se requieran para desocupar y reubicar las instalaciones militares en uso, los cuales deben ser incluidos en el precio de venta de los inmuebles; Que, en este sentido, la disposicion de los inmuebles de propiedad del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru debera perfeccionarse mediante los instrumentos correspondientes que se suscriban entre el Ejercito, el Gobierno Regional de MORDAZA y la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, de manera que se garantice un tratamiento integral a la disposicion de dichos bienes en beneficio de todas las partes y de manera tal que no altere la Seguridad y Defensa Nacional ni las actividades del Ejercito; Que, la venta de los inmuebles permitira modernizar las instalaciones militares del Ejercito, las cuales en algunos casos superan los 60 anos de antiguedad, generando recursos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29006; Que, el Articulo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29006, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG, establece que para efectos de la ejecucion de los actos de disposicion, entre los cuales esta la venta directa, sera requisito contar con la opinion favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales que se refiera a la situacion tecnico - legal de los bienes, con excepcion de los predios comprendidos en procesos a cargo de PROINVERSION; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la Disposicion de Inmuebles del Sector Defensa, el Decreto Supremo Nº 032DE/SG y el Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de venta directa al Gobierno Regional de MORDAZA Autorizase al Ejercito a adjudicar, bajo la modalidad de venta directa, a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, parte del inmueble de su propiedad donde se ubica el Cuartel "Mariscal Nieto", en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, para que sea destinado a la construccion de la Universidad Nacional de MORDAZA, asi como a la construccion del MORDAZA Ferial y del Intercambio Vial de la localidad. Articulo 2º.- Autorizacion de venta directa a la Municipalidad Provincial de MORDAZA Autorizase al Ejercito a adjudicar, bajo la modalidad de venta directa, a favor de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto: 2.1 Parte del inmueble de su propiedad en el que se ubica el Cuartel "Mariscal Nieto", en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, para que sea destinado a la construccion del MORDAZA Municipal; y, 2.2 Parte del inmueble de su propiedad en el que se ubica la Escuela de Aviacion del Ejercito, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, para que sea destinado a la construccion del Terminal Terrestre de Moquegua. Articulo 3º.- Determinacion de areas El Servicio de Ingenieria del Ejercito definira las areas que seran adjudicadas en venta directa, referidas en el articulo 1º, 2º y 3º del presente decreto supremo.

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