Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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de Salud, para que vele porque los intereses de la salud publica se reflejen en el texto del Acuerdo Comercial con la Union Europea, previniendo al Jefe Negociador del Capitulo de Propiedad Intelectual de tomar decisiones que podrian afectar negativamente el acceso a los medicamentos, asi como coadyuve a su implementacion posterior (elaboracion de la reglamentacion necesaria) de modo tal que su aplicacion incluya los puntos de vista e interpretacion del texto negociado; Que, mediante Oficio Nº 3282-DIGEMID-DG/MINSA, el Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, propone a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ceron MORDAZA, cuya participacion en representacion del Peru es refrendada por el senor Ministro de Salud, indicando que los gastos de viaticos y del impuesto de salida al exterior seran asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ceron MORDAZA, Quimico Farmaceutico, Nivel V, de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, del 8 al 16 de diciembre del 2007, para que participe, en representacion del Peru, en la MORDAZA Ronda de Negociaciones del Componente Comercial del Acuerdo de Asociacion entre la Comunidad MORDAZA (CAN) y la Union Europea (UE), que se llevara a cabo en la MORDAZA de Bruselas, Belgica. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema se haran con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central ­ Ministerio de Salud del Pliego 001 ­ Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje Aereo - Viaticos (US$ 260 x 7 dias) - Tarifa por uso de Aeropuerto - Total : $ 2,655.85 : $. 1,820.00 : $. 30.25 ----------------: $. 4,506.10

VISTO: el Oficio Nº 0632-DISA-III-L-U.E.039-SBS. CH-M-DE-07 de la Direccion Ejecutiva de la U.E. 039 SBS Chilca-Mala, el Informe Tecnico Nº 003-SBS-CH-M-DISA-IIIL-DE-AL-07, que sustenta la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia, para la adquisicion y contratacion de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el Sismo del pasado 15 de Agosto ocurrido en nuestro pais; las cuales se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Ano 2007 de la U.E. 039 SBS Chilca-Mala, asi como el Informe Legal Nº 2138-2007-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la mencionada MORDAZA, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar a los procesos de seleccion que correspondan; Que, asimismo, el articulo 142º senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion correspondiente, remitiendolo junto con el informe tecnico legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, disponiendose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM se amplia el Estado de Emergencia dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, asi como a los distritos de Huatec y Tupe de la provincia de Yauyos del Departamento de MORDAZA, a fin de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con Resolucion Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaro la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) dias naturales. Asimismo, se dispuso que cada Direccion Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaracion de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situacion dentro de su jurisdiccion; Que, por Circular Nº 152-2007-OGA-MINSA del 17 de agosto de 2007, el Director General de Administracion informo que conforme a los hechos acontecidos en el MORDAZA, se ha configurado la causal de situacion de emergencia, por lo que las Entidades Publicas en general, quedan exoneradas de la tramitacion del expediente administrativo para las contrataciones y/o adquisiciones destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas por el

Articulo 3º.- La citada profesional debera presentar a la Secretaria del Consejo de Ministros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, en un plazo de siete (7) dias calendario de su retorno al MORDAZA, ademas del informe que debe presentar al Ministerio de Salud de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 27619. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud

141531-8

Aprueban exoneracion por situacion de emergencia y la regularizacion de adquisiciones y contrataciones realizadas por la Unidad Ejecutora 039 SBS MORDAZA - Mala
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1005-2007/MINSA
MORDAZA, 6 de diciembre de 2007

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