Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007

PROGRAMA, manifiesta que del cuadro consolidado presentado por la Oficina de Asistencia Tecnica y Evaluacion de Proyectos, se evidencia que se requiere transferir la suma de S/. 3´048 564,50 (Tres millones cuarenta y ocho mil quinientos sesenta y cuatro con 50/100 nuevos soles), a Organismos Ejecutores del sector publico, por concepto de Rubro "Otros Gastos" en el MORDAZA de los convenios suscritos; Que, en merito a lo expuesto, mediante el Informe citado en el considerando anterior, el Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del PROGRAMA, indica que se cuenta con disponibilidad presupuestal para efectuar las transferencias financieras a diversos organismos ejecutores pertenecientes al Sector Publico, por un suma total que asciende a S/. 3´090 410,93 (Tres millones noventa mil cuatrocientos diez con 93/100 nuevos soles), por lo que es necesario, emitir el acto administrativo que apruebe la transferencia financiera solicitada; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo, del Jefe del Area de Planificacion y Presupuesto, del Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas del PROGRAMA, y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", por un monto total de S/. 3´090 410,93 (Tres millones noventa mil cuatrocientos diez con 93/100 nuevos soles) a los Organismos Ejecutores del Sector Publico, senalados en los Anexos 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

cuales seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, el explotador aereo ha presentado ante la autoridad aeronautica civil tres solicitudes para ser atendidas durante el mes de diciembre de 2007, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondiente a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante de los servicios, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas ordenes de inspeccion, y referidas en el Informe Nº 0621-2007-MTC/12 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar los viajes en comision de servicios de los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran entre el 16 y el 30 de diciembre de 2007, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 354-2007-MTC/12.04 y Nº 0621-2007-MTC/12. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa solicitante, a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifas por uso de aeropuerto. Articulo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCION SUPREMA Nº 103-2007-MTC
MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto excepciones las

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