Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, con Resolucion Ministerial Nº 490-2004-EF-10, del 5 de octubre de 2004, se designo a PROINVERSION, para que represente al Estado en los fideicomisos que se constituyan para la ejecucion de programas de caracter social bajo el MORDAZA de la Ley Nº 28401; Que, en aplicacion de los dispositivos legales MORDAZA citados, se han constituido fideicomisos destinados a ejecutar proyectos de desarrollo sostenible, los cuales en forma previa a su ejecucion deben ser aprobados y priorizados por los respectivos organos de administracion de los fideicomisos, de acuerdo a sus Reglamentos de Funcionamiento; Que, resulta necesario establecer los conceptos que pueden comprender los proyectos de desarrollo sostenible que se ejecuten bajo el MORDAZA de la Ley Nº 28401; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 28401 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Proyectos de Desarrollo Sostenible Definase como Proyectos de Desarrollo Sostenible a efecto de la Ley Nº 28401, aquellos que tengan por objeto la satisfaccion de necesidades basicas y mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion, el desarrollo de sectores productivos que generen recursos u oportunidades de empleo, la identificacion de actividades que permitan el desarrollo economico, tecnologico y bienestar social, incluyendo programas de formacion y capacitacion, en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia de los proyectos promovidos. La ejecucion de estos proyectos contempla la elaboracion de todos los estudios que resulten necesarios, asi como los costos de supervision de los mismos, y los gastos administrativos que no deberan exceder del 2% del monto de ejecucion del proyecto incluyendo las herramientas de monitoreo y evaluacion. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

de Economia y Finanzas ante el referido Consejo de Administracion; Que, resulta necesario dar por concluida la referida designacion y en consecuencia designar al representante del Ministerio de Economia y Finanzas ante el citado Consejo de Administracion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el articulo 9º de la Ley Nº 28332; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuentas como representante del Ministerio de Economia y Finanzas, ante el Consejo de Administracion del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educacion Peruana - FONDEP, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas, ante el Consejo de Administracion de Fondo Nacional de Desarrollo de la Educacion Peruana - FONDEP. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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EDUCACION
Aprueban "Lineamientos para el MORDAZA de matricula escolar en las instituciones educativas publicas de Educacion Basica"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0516-2007-ED
MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en su Articulo 16° que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educacion adecuada por razon de su situacion economica o de limitaciones mentales o fisicas, y en el Articulo 17° preve que la educacion inicial, primaria y secundaria son obligatorias y que en las instituciones del Estado, la educacion es gratuita; Que, la Ley N° 28044 Ley General de Educacion, establece en su Articulo 79° que el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el ultimo parrafo del Articulo 15° de la Ley N° 28628, Ley que regula la participacion de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones educativas publicas, precisa que la APAFA esta impedida de realizar cobros que limiten el libre acceso a la educacion y permanencia de los estudiantes en la institucion educativa; Que, en concordancia con el precepto constitucional y las leyes MORDAZA citadas, es necesario establecer las normas y procedimientos sobre la matricula escolar, de modo que se posibilite el pleno derecho al acceso de los ninos y ninas en edad escolar al sistema educativo, a fin de garantizar su adecuada formacion integral; Estando a lo propuesto por la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion, la opinion de la Oficina de Asesoria Juridica y la visacion del Viceministerio de Gestion Institucional; y De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley N° 26510 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-ED;

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Designan representante del Ministerio ante el Consejo de Administracion del FONDEP
RESOLUCION SUPREMA Nº 112-2007-EF
MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28332 se establece la organizacion y los mecanismos para el funcionamiento del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educacion Peruana (FONDEP), creado por Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; asi como el MORDAZA general para el financiamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 28332 establece que el Consejo de Administracion del FONDEP es el MORDAZA organo encargado de la administracion del Fondo, constituido, entre otros, por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas, los que seran designados mediante Resolucion Suprema, por un periodo de cuatro anos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 126-2004-EF del 11 de noviembre de 2004, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuentas como representante del Ministerio

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