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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de diciembre de 2007 359454 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Norma Metrológica Peruana de Electroacústica RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES N° 123-2007/INDECOPI-CRT Lima, 28 de noviembre de 2007CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley N o 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, entre otras funciones, aprobar las normas sobre metrología legal; Que, con fecha 15 de agosto de 2007, el Servicio Nacional de Metrología presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión el Informe Técnico SNM Nº 012-2007, a través del cual propone la adecuación de la Norma Internacional IEC 61672-3:2006 Electroacustics – Sound level meters – Part 3: Periodic tests, como Norma Metrológica Peruana; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica recomendó a la Comisión la aprobación del siguiente Proyecto de Norma Metrológica Peruana: PNMP 011:2007 ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley N o 25868, el Decreto Legislativo No 807, la Comisión, con el acuerdo unánime de sus miembros reunidos en su sesión de fecha 28 de noviembre de 2007; RESUELVE:Primero.- Aprobar como Norma Metrológica Peruana, con carácter obligatorio, la siguiente: NMP 011:2007 ELECTROACÚSTICA. Sonómetros. Parte 3: Ensayos periódicos. 1ª Edición Regístrese y publíquese.Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Jaime Miranda Sousa Díaz, Julio Paz Soldán Oblitas, Fabián Novak Talavera, Jorge Danós Ordoñez y Antonio Blanco Blasco. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 141092-1 Aprueban Normas Técnicas Peruanas de Gas Licuado de Petróleo, Productos Agroindustriales de Exportación y Explosivos y accesorios de voladura RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES N° 124-2007/INDECOPI-CRT Lima, 28 de noviembre de 2007CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Gas licuado de petróleo, b) Productos agroindustriales de exportación y c) Explosivos y accesorios de voladura, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Gas licuado de petróleo, 2 PNTP, el 1 de agosto del 2007. b) Productos agroindustriales de exportación, 1 PNTP, el 13 de agosto del 2007. c) Explosivos y accesorios de voladura, 8 PNTP, el 29 de agosto del 2007. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 29 de setiembre del 2007; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas mencionados y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 28 de noviembre de 2007; RESUELVE:Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 321.120:2007 PRESIONES DE OPERACIÓN ADMISIBLES PARA INSTALA-CIONES INTERNAS DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO. 1ª Edición NTP 321.123:2007 INSTALACIONES DE GLP PARA CONSUMIDORES DIRECTOS Y REDES DE DISTRIBUCIÓN. 1ª Edición NTP 011.090:2007 PIMIENTO DEL PIQUILLO. Materia prima para productos procesados. 1ª Edición NTP 311.355:2007 EXPLOSIVOS Y ACCESORIOS DE VOLADURA. Detonadores eléctricos. Requisitos. 1ª Edición