Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2007 (11/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2007

y utilizacion de las especies nativas del recurso camaron de rio Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp dispuesto por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 312-2006-PRODUCE, estableciendo como fecha de inicio del mismo el 1 de enero de 2008 y como fecha de termino el 11 de MORDAZA de 2008; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer excepcionalmente que la temporada de pesca de las especies nativas del recurso camaron de rio Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp en los cuerpos de agua publicos de la vertiente occidental de los Andes para el ano 2007 sera hasta el dia 31 de diciembre, quedando prohibida la extraccion, procesamiento, transporte, comercializacion y utilizacion del recurso a partir del 1 de enero hasta el 11 de MORDAZA de 2008. A partir del dia 12 de MORDAZA de 2008, resulta de aplicacion lo dispuesto por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 312-2006-PRODUCE de fecha 10 de noviembre de 2006. Articulo 2º.- Las Direcciones Generales de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales de la Produccion, los Ministerios de Defensa y del Interior y las Municipalidades, en el ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el cumplimiento de lo establecido por la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 141738-1

SALUD
Aprueban donacion dineraria destinada a financiar la construccion del Centro de Salud de San MORDAZA (Pisco - Ica)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1015-2007/MINSA MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 Visto: el Expediente Nº 07-112753-001 que contiene la Carta s/n del 20 de noviembre de 2007 del Secretario del Patronato de la Fundacion Repsol YPF; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2007 del Pliego 011 Ministerio de Salud mediante Resolucion Ministerial Nº 1207-2006/ MINSA; Que, con el documento del visto la Fundacion Repsol YPF ha expresado su voluntad de donar al Ministerio de Salud la cantidad de 693 000,00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL EUROS equivalentes a TRES MILLONES TREINTISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3

037 419,00) a fin que MORDAZA destinados a financiar la construccion del Centro de Salud de San MORDAZA (PiscoIca), MORDAZA afectada con el sismo del 15 de agosto de 2007, senalando que las cantidades sobrantes se destinaran por parte del Ministerio de Salud a fines similares de interes social a fin de paliar los efectos del mencionado sismo; Que, la Fundacion Repsol YPF, en su calidad de donante, expresa que la entrega del importe de la donacion se efectuara en un plazo de quince (15) dias habiles desde la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la correspondiente Resolucion Ministerial que aprueba la donacion; Que, el articulo 38º de la ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; establece los limites y procedimientos mediante los cuales podran ser modificados los creditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Publico; Que, el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolucion del titular de la Entidad, cuando provienen de las MORDAZA de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, de acuerdo al articulo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos. Asimismo, dispone que dicha Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la dotacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, en tal sentido, es necesario aprobar la donacion otorgada por la fundacion Repsol YPF hasta por la suma de TRES MILLONES TREINTISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 037 419,00), debiendose incluir en el presupuesto del presente ano oportunamente, en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, los mayores fondos publicos percibidos por la acotada donacion; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Presupuesto y con el visado del Viceministro de Salud, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º y el articulo 69º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 ­ Ley del Ministerio de Salud y lo dispuesto por el Articulo 4º del Anexo Nº 1 de la Ejecucion del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional de la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion Presupuestaria y Anexos por nivel de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 003-2007-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion dineraria proveniente de la Fundacion Repsol YPF, por un monto de TRES MILLONES TREINTISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 037 419,00), destinada a financiar la construccion del Centro de Salud de San MORDAZA (Pisco-Ica), MORDAZA afectada con el sismo del 15 de agosto de 2007, de modo que las cantidades sobrantes se destinaran por parte del Ministerio de Salud a fines similares de interes social a fin de paliar los efectos del mencionado sismo. Articulo 2º.- Autorizar la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Ano Fiscal 2007, hasta por la suma de TRES MILLONES TREINTISIETE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 037 419,00), de acuerdo al siguiente detalle;

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