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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360653 Técnico Nº 020-2007-OGA-BLC, que sustenta la exoneración de la realización de procesos de selección por causal de situación de emergencia para la adquisición y contratación de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el sismo del pasado 15 de Agosto ocurrido en nuestro país; las cuales se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Año 2007 mediante Resolución Directoral Nº 1239-2007-OGA-OL-MINSA del 19 de diciembre de 2007, así como el Informe Legal N° 2425-2007-OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas según la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 22º de la mencionada norma, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, quedando la Entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar a los procesos de selección que correspondan; Que, asimismo, el artículo 142º señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en el Diario Ofi cial El Peruano, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, por el plazo de sesenta (60) días naturales, disponiéndose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM se amplía el Estado de Emergencia dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, así como a los distritos de Huatec y Tupe de la provincia de Yauyos del Departamento de Lima, a fi n de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damnifi cada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, con Resolución Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaró la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) días naturales. Asimismo, se dispuso que cada Dirección Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaración de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situación dentro de su jurisdicción; Que, en atención a la situación de emergencia y a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y del Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM, la Unidad Ejecutora 001-Administración Central del Ministerio de Salud procedió a la contratación directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a regularizarse de conformidad con la normativa de la materia, considerando lo estrictamente necesario para la atención de la emergencia; Que, con Resolución Directoral Nº 1239-2007- OGA-OL-SA del 19 de diciembre de 2007, se dispuso la modifi cación del Plan Anual de Adquisiciones con la inclusión del proceso detallado en el anexo adjunto; Que, en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolución de aprobación de la exoneración del proceso de selección de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo la causal de situación de emergencia, a fi n de proceder la regularización correspondiente, las cuales deberán incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud para el año 2007; Que, mediante Informe N° 2425-2007-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal favorable acerca de la procedencia de la exoneración solicitada por la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, según el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneración debe ser aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 2425-2007-OGAJ/MINSA, documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y a lo establecido en el artículo 8º literal l) de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Exoneración de la realización de procesos de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios por la causal de situación de emergencia de acuerdo al detalle del Anexo adjunto, por el monto de S/. 72 419.18 (Setenta y dos mil cuatrocientos diecinueve con 18/100 Nuevos Soles), incluido impuestos con cargo a los recursos ordinarios correspondientes a la Unidad Ejecutora 001. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud se encargue de realizar la adquisición exonerada por la presente resolución a través de acciones directas e inmediatas. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- Disponer la remisión de la copia de la presente resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 145787-2 Declaran ALERTA VERDE en los Establecimientos de Salud a nivel nacional a partir del viernes 21 de diciembre de 2007 hasta el miércoles 2 de enero de 2008, inclusive RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1053-2007/MINSA Lima, 20 de diciembre del 2007