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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (21/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2007 360655 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a suscribir con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, una addenda al Convenio de fecha 20 de diciembre de 2001, con el objeto de prorrogar su plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- Autorizar la ampliación del marco presupuestal del Proyecto PER/04/023, “Implementación y Modernización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, hasta por la suma de S/. 2 633 000,00 (Dos millones seiscientos treinta tres mil y 00/100 nuevos soles). Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar transferencias al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, hasta por la suma de S/. 2 633 000,00 (Dos millones seiscientos treinta tres mil y 00/100 nuevos soles), de los recursos de su presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2008, para ser administrado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Convenio de fecha 20 de diciembre de 2001. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARIO PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 145790-8 Aceptan renuncia de Asesor Técnico II de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2007-TR Lima, 19 de diciembre de 2007VISTO: El Ofi cio Nº 001-2007 de fecha 05 de diciembre de 2007, de la abogada Luz Chiong Acosta, Asesora Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 352-2006-TR, de fecha 10 de octubre de 2006, se designó a la abogada Luz Marina Chiong Acosta, en el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante documento de visto, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Que, en consecuencia, cabe emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta la renuncia de la mencionada servidora; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 173- 2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 16 de diciembre de 2007, la renuncia formulada por la abogada LUZ MARINA CHIONG ACOSTA, al cargo de Asesor Técnico II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 145509-1 Aprueban transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” a diversos Organismos Ejecutores del Sector Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2007-TR Lima, 19 de diciembre de 2007 VISTOS: El Memorando Nº 252-2007-DVMPEMPE/ CP-OATEP de fecha 06 de diciembre de 2007, de la Jefa de la Ofi cina de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 068-2007-DVMPEMPE/CP-OPP de fecha 12 de diciembre de 2007, del Jefe de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Legal Nº 168-2007-DVMPEMPE/CP-OAL de fecha 13 de diciembre de 2007, de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y el Ofi cio Nº 425-2007-MTPE/3/14.120 de fecha 14 de diciembre de 2007, del Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposiciones Complementarias Disposiciones Finales, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanas y rurales, favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (En adelante el PROGRAMA); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del PROGRAMA se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el Sector establezca; Que, según lo mencionado precedentemente, el PROGRAMA efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, el Artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año 2006, establece en el literal c) del numeral 75.4 que las Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios (entre los que se encuentra el PROGRAMA), se aprueban por Resolución del Titular del pliego, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”;