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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2007 361724 ANEXO IV INGRESOS POR TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2008 I. INGRESOS POR USOS DE SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS USO INGRESOS USO I - ZONA I 47,561.12 USO I - ZONA II 58,451.41USO I - ZONA III 38,685.38USO II-A 12,284.56USO II-B 17,250.65USO II-C 93,022.18 USO II-D 44,064.90 TOTAL INGRESOS 311,320.20 II. INGRESOS POR EL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES UBICACIÓN INGRESOS UBICACIÓN 1 15,649.58 UBICACIÓN 2 8,049.06 UBICACIÓN 3 29,533.68 TOTAL INGRESOS 53,232.32 III.- INGRESOS POR USOS Y ZONAS DEL SERVICIO DE SERENAZGO USO - ZONA INGRESOS USO I - ZONA I 47,656.12 USO I - ZONA II 42,108.91USO I - ZONA III 20,947.13USO II - ZONA I 48,010.95USO II - ZONA II 25,768.48USO II - ZONA III 774.49USO III - ZONA I 7,502.38 USO III - ZONA II 7,496.62 TOTAL INGRESOS 200,265.08 146700-1 Ratifican la Ordenanza Nº 235-MDSMP , que regula el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles y parques y jardines para el ejercicio 2008 en el distrito de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO Nº 483 Lima, 20 de diciembre de 2007Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre de 2007 el Ofi cio Nº 001-090-004513 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 235-MDSMP que regula el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2008 en el distrito de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nºs.1070 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 23 de setiembre de 2007 y el 24 de marzo de 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe técnico legal Nº 004-82-00000705 de fecha 5 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas, las Directivas Nºs. 001-006-0000001 y 001-006-0000006 del SAT y además con las sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional recaídas en los Expedientes Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 4 de marzo y el 17 de agosto de 2005, respectivamente. Que, en conjunto, los arbitrios que fi nanciarán la prestación de los respectivos servicios, tienen una disminución de 34.51%, con relación al año 2006. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria - SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 213-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos; ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 235- MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdicción, dejándose expresamente establecido que para su vigencia y exigibilidad la mencionada Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad de sus funcionarios, deberá publicar hasta el 31 de diciembre de 2007, tanto el Acuerdo ratifi catorio como el texto íntegro de la Ordenanza que se ratifi ca, los Anexos de la misma que contienen el informe técnico, los cuadros de estructura de costos y tasas. Artículo Segundo.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web: www.munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 146649-1 Ratifican la Ordenanza Nº 058-2007- MDC, que regula el régimen tributario de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2008 en el distrito de Cieneguilla ACUERDO DE CONCEJO Nº 493 Lima, 20 de diciembre de 2007Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre de 2007, el Ofi cio Nº 001-090-004523 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza N° 058-2007-MDC, que regula el régimen tributario de los arbitrios de recolección de residuos sólidos y parques y jardines correspondiente al ejercicio 2008 en el Distrito de Cieneguilla; y,