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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de enero de 2007 337266 el 10% del monto recibido por el Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao, hoy Gobierno Regional del Callao, se destinará a la creación de un Fondo Educativo que será administrado por un Consejo de Administración compuesto por 5 miembros, entre los que no se incluye a los docentes de la Provincia Constitucional del Callao, lo cual es reproducido por el Reglamento de dicho Fondo Educativo, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR-RC, sin otorgarles participación alguna. Que es necesario asegurar la colaboración de los docentes de la Provincia Constitucional del Callao en el Consejo de Administración del Fondo Educativo en su calidad de reales operadores de la educación en el Primer Puerto del País, cuyo aporte resulta indispensable para que las decisiones del colegiado sean las más bene fi ciosas para los estudiantes chalacos, mediante su inclusión como asesores con voz y sin voto en el Consejo. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; EL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO ha aprobado la siguiente Ordenanza: Artículo 1º.- MODIFÍCASE el artículo 8º del Reglamento del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 005-2003-CR-RC, incluyéndose los literales f., g. y h., e inclúyase los artículos 8-A, 8-B y 8-C en los siguientes términos: “Artículo 8º.- Composición del CAFED CALLAO El Consejo de Administración del Fondo Educativo del Callao está constituido por 5 miembros y por 3 representantes de los docentes del Callao, quienes conformarán una Comisión Consultiva y tendrán derecho a voz y no serán contados para efectos del quórum. (…)“f. Un representante del SUTE CALLAO, con voz y sin voto. g. Un representante de los directores de las Instituciones Educativas del Callao con voz y sin voto. h. Un representante de la Red de instituciones educativas afectadas por el plomo, con voz y sin voto.” “Artículo 8-A. El Consejo de Administración del Fondo Educativo organizará los siguientes comités con la fi nalidad de que eleven propuestas al Consejo de Administración del Fondo Educativo para su aprobación: a. De infraestructura y equipamiento; b. De capacitación y perfeccionamiento docente; yc. De preparación educativa, intelectual y ética de alumnos “Artículo 8-B. En cada comité se garantizará la participación profesional y técnica de los directores, docentes, colegio regional de profesores, redes de instituciones educativas, unidades de costeo y asociación de padres de familia.” “Artículo 8-C. Las instituciones integrantes del Consejo de Administración del Fondo Educativo (Gobierno Regional, Dirección Regional de Educación del Callao, Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza, Universidad del Callao, Municipalidades) dispondrán el destaque de personal, bienes y servicios para sostener administrativa y presupuestalmente el Consejo de Administración.” Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 12721-2Aprueban cambio de logo del Gobierno Regional del Callao ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 004 Callao, 2 de enero de 2007El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 2 de enero de 2007, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; ACUERDA: 1.Aprobar el cambio del logo del Gobierno Regional del Callao, estableciendo como nuevo símbolo institucional el escudo histórico de la Provincia Constitucional del Callao, constituido por el torreón representativo de la Fortaleza del Real Felipe, donde fl amea la Bandera Nacional, con el fondo del mar y la imagen de un sol radiante en la parte superior, con la leyenda “REGIÓN CALLAO” en la parte inferior. 2.Encargar a la Gerencia General Regional el cumplimiento del presente Acuerdo. 3.Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 12721-3 Establecen remuneraciones del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional y la dieta de los Consejeros Regionales ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 010 Callao, 2 de enero de 2007El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 2 de enero de 2007, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; ACUERDA: 1. Modi fi car el Acuerdo del Consejo Regional Nº 014-2006 que fi jó las remuneraciones mensuales del Presidente del Gobierno Regional y del Vicepresidente Regional del Callao, reduciéndolas en cinco por ciento (5%). 2. Establecer la dieta de los señores Consejeros Regionales en el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del señor Presidente del Gobierno Regional del Callao. 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 12721-4