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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 8 de enero de 2007 337265 Que, los Artículos 9º y 10º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria, Ley N° 27902, señalan que los Gobiernos Regionales son competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso c) del Artículo 15° de la Ley citada en el considerando precedente, concordante con el inciso c) del Artículo 3° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señalan que una de las atribuciones del Consejo Regional es la de Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual del Gobierno Regional; Que, asimismo el inciso b) del Artículo 21° de la precitada Ley, concordante con el numeral 2) del inciso r) del Artículo 5° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señalan que una de las atribuciones del Presidente Regional es presentar al Consejo Regional el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; Que, el Artículo 32º de la acotada Ley, modi fi cada por la Ley N° 27902, establece que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional; Que, en la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF y el Instructivo N° 001-2005-EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006, aprobado mediante Resolución Directoral N° 006-2005-EF/76.01, se establecen las disposiciones que permiten asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto; Que, la Directiva Nº 017-2006-EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2006-EF/76.01, establece las pautas para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2007; Que, mediante el Informe N° 316-2006-REGIÓN CALLAO-GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el sustento técnico del Plan Anual y Presupuesto Regional Participativo 2007, señalando en dicho informe que el Plan Anual del Pliego 464: Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, se enmarca en el Plan de Desarrollo Concertado de la Región Callao 2003-2011, en el Marco Macroeconómico Multianual 2007-2009, así como en el Plan Estratégico Institucional, que orienta la Visión, Objetivos, Actividades y Proyectos a desarrollar por el Gobierno Regional del Callao en el corto plazo; Que, con Informe N° 1627-2006-GRC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable para que se atienda el pedido de aprobación del Plan Anual y Presupuesto Participativo 2007 del Gobierno Regional del Callao, solicitado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para lo cual la Alta Dirección de la Entidad debe derivar el presente expediente a la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, para la emisión del respectivo Dictamen y luego ser puesto en conocimiento del Pleno del Consejo Regional para el respectivo debate y aprobación, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 15° inciso c) de la Ley N° 27867 y los artículos 27°, inciso a), 19°, 22° del Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, la Comisión Regional de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, a través del Dictamen N° 013-2006-GRC-P-COM.ADM.PLAN.PRESUP y AT, propone al Pleno del Consejo Regional la aprobación del Plan Anual y Presupuesto Regional Participativo 2007 del Gobierno Regional del Callao por los fundamentos expuestos en el Informe Técnico de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y en el Informe Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el día 28 de diciembre del 2006, con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley N° 27867, su modi fi catoria aprobada por Ley N° 27902 y por el Reglamento Interno del Consejo Regional;ACUERDA: Primero.- APROBAR el Plan Anual y Presupuesto Participativo 2007 del Gobierno Regional del Callao. Segundo.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el cumplimiento del presente Acuerdo. Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Administración proceda a la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulación de la Región. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente del Consejo Regional 12721-1 Modifican el Reglamento del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 002 Callao, 1 de enero de 2007EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en Sesión Ordinaria de 2 de enero de 2007 aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL FONDO EDUCATIVO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que el Estado garantiza, en el artículo 16º de la Constitución Política del Perú, la descentralización del sistema y del régimen educativo; Que el inciso a) del artículo 22º de la Ley Nº 28044 - Ley General de Educación, establece que a la sociedad, le corresponde: “Participar en la de fi nición y desarrollo de políticas educativas en el ámbito nacional, regional y local”; Que el inciso d) del artículo 71º del D.S. Nº 009-2005- ED - Reglamento de la gestión del sistema educativo, establece que una función del Gobierno Regional es “Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidades para todos”; Que los artículos 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establecen que la organización y conducción de la gestión pública en el ámbito regional propende al desarrollo integral y sostenible de la región; Que la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 17º, establece que “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”. En tal sentido es necesario implementar la participación de los agentes educativos en el Consejo de Administración del Fondo Educativo, sin perjuicio de la legislación que la crea; Que, La Ley Nº 27613 - Ley de la Participación en Renta de Aduanas establece en su artículo 3º que