Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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de la Entidad o la que haga sus veces el compromiso que ha efectuado o efectuara las acciones necesarias que, a su nivel, le competen para que los recursos necesarios para el pago de dichas obligaciones se incluyan en el proyecto de presupuesto de su Entidad para el siguiente ejercicio presupuestal que es remitido su Pliego o a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico; Que, mediante, Informe N° 021-2006-CONT, de la Jefa del Departamento de Contabilidad y que hace las veces de la Oficina de Presupuesto, indica que existe para este MORDAZA de servicio MORDAZA presupuestal para el ano 2007, por el monto de S/. 26.000 .00 nuevos soles; Que, el articulo 27° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que la aprobacion y difusion de las modificaciones, se MORDAZA de la forma prevista en los Articulos 25° y 26°, respectivamente; Que, con Informe Nº 070-2006-DL, de fecha 22 de diciembre del 2006 el Jefe del Departamento de Logistica, manifiesta, que del estudio del MORDAZA y de acuerdo a las caracteristicas del servicio requerido, el servicio de publicidad en paginas amarillas brindado por la empresa Telefonica Publicidad e Informacion Peru SAC satisface el requerimiento de la entidad, por lo que solicita la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por la causal de servicio personalismo; Que, por Memorandums Nº 410-2006-OGAF y N° 412-2006-OGAF de fecha 22 de diciembre del 2006, la Jefa de la Oficina de Administracion y Finanzas solicita se apruebe la novena modificacion al Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, para el ano fiscal 2006, que incluya la Adjudicacion Directa Selectiva N° 0062006-CENFOTUR y se exonere la misma del MORDAZA de seleccion respectivo; Que, de acuerdo al literal f) del Art. 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contratacion y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y al articulo 145° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2006-PCM , estan exoneradas de los procesos de seleccion, por servicios personalismos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; asi mismo precisa que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, mediante Carta N° 198-2006-CENFOTUR-ALE, la Asesoria Legal Externa opina que procede la inclusion y exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva N° 006-2006, por la causal de servicio personalisimo; Con la visacion de la Oficina General de Administracion y Finanzas, Departamento de Contabilidad, Departamento de Logistica y Asesoria Legal Externa; en uso de las facultades conferidas por el literal j) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2003-MINCETUR, y a lo establecido por el Articulo 7º, 9° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y el Articulo 27º, 145° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 063-2006-PCM, Directiva N° 0052003-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la novena modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Centro de Formacion en Turismo CENFOTUR correspondiente al ano 2006, incluyendo el MORDAZA de seleccion Adjudicacion Directa Selectiva N° 006-2006-CENFOTUR, para la

contratacion del Servicio de publicidad de oferta educativa a nivel nacional con vigencia todo el ano 2007 tanto para medio impreso, con entrega personalizada y sin costo para el usuario final, como publicacion por medio virtual, a nivel masivo, por el monto de S/.26,000.00 (VEINTISEIS MIL Y 00/100) NUEVOS SOLES de conformidad con la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar al Centro de Formacion en Turismo del MORDAZA de seleccion a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, conforme a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Articulo Tercero.- Autorizar al Jefe del Departamento de Logistica la contratacion a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion mediante acciones inmediatas de conformidad con lo establecido en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Encargar al Departamento de Logistica la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE), y en la pagina Web del Centro de Formacion en Turismo, asi como se remita MORDAZA de esta Resolucion e informe que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional Centro de Formacion en Turismo 14165-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Derogan el D.S. Nº 210-2006-EF , ratifican Acta de Conciliacion de Obligaciones Reciprocas y disponen consolidacion y compensacion de obligaciones con el Banco de la Nacion
DECRETO SUPREMO Nº 002-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-98-EF se autorizo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru y el Banco de la Nacion hasta por US$ 13 200 000,00 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) para financiar la adquisicion de dos aeronaves y un motor de avion; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 024-99-EF se autorizo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru y el Banco de la Nacion hasta por US$ 4 200 000,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) para financiar la adquisicion de dos aeronaves; Que, con Decreto de Urgencia Nº 063-99 se autorizo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion hasta por US$ 90 000 000,00 (NOVENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) para financiar parcialmente el "Programa de Equipamiento Basico Municipal"; Que, con Decreto de Urgencia Nº 068-99 se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas a emitir bonos del Tesoro Publico hasta por la suma de US$ 269 000 000,00

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