Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

337380

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, y se le otorgue permiso de pesca para operar su embarcacion "BENDICION DE DIOS" de matricula Nº SY-0270-PM en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo; Que con Oficio Nº 230-2006-GR-LL/DIREPRO-Depp con Registro Nº 00012226 del 20 de febrero del 2006, la Direccion Regional de la Produccion de La MORDAZA alcanza a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, el recurso de apelacion ante el silencio administrativo contra su solicitud especificada en el considerando anterior, a fin de que se proceda a otorgarles el permiso de pesca MORDAZA requerido. Que mediante Resolucion Viceministerial Nº 0172006-PRODUCE/DVM-PE del 10 de marzo del 2006, se resolvio declarar inadmisible el recurso de apelacion interpuesto por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA contra el silencio administrativo negativo frente al escrito de Registro Nº 2042 de fecha 10 de noviembre del 2005; Que por las Resoluciones indicadas en el visto, recaida en el Expediente Nº 2006-16016/MC-0-1801-JRCI-06 segun oficio Nº 2006-16016/MC-0-1801-JR-CI-06 y Notificacion Nº 2006-112608-JR-CI, recepcionadas por el Ministerio de la Produccion con Registros Nº 00055192 y 00072338 del 25 de agosto y 10 de noviembre del 2006 respectivamente, sobre Accion Contenciosa Administrativa en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, se resuelve conceder Medida Cautelar de Innovar dentro del MORDAZA, ordenando otorgar permiso de pesca provisional a favor de los recurrentes solicitantes, debiendo ser expedida por el Ministerio de la Produccion, para operar la embarcacion "BENDICION DE DIOS" de matricula Nº SY-0270-PM con una capacidad de bodega de 110 m3 en la extraccion del recurso anchoveta para el consumo humano directo e indirecto, y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo. Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 4282006-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 7 de noviembre del 2006 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y en cumplimiento de la Resolucion Numero UNO, debidamente aclarada mediante Resolucion Numero Dos, indicadas en el visto; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de MORDAZA, segun lo ordenado en la Resolucion Numero UNO del 22 de agosto del 2006, aclarada por Resolucion Numero DOS del 16 de octubre del 2006; se otorga a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA permiso de pesca provisional para operar la embarcacion pesquera "BENDICION DE DIOS" con matricula Nº SY-0270-PM, de 110 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso anchoveta para el consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo, utilizandose para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano, fuera de las 5 millas marinas para los recursos anchoveta y sardina y fuera de las 10 millas para el caso de los recursos jurel y caballa.

Articulo 2º.- La autorizacion dispuesta en el articulo 1º de la presente resolucion, quedara sin efecto de pleno derecho en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene, o concluya el MORDAZA de accion de MORDAZA con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho invocado. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, al MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignese en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 13933-9

SALUD
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN
DECRETO SUPREMO Nº 001-2007-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creo como Organismo Publico Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia economica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud, dejando de ser Organo Desconcentrado del Ministerio de Salud; Que, la Primera Disposicion Final de la acotada Ley Nº 28748 establece que el Ministerio de Salud, en coordinacion con el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, debe presentar el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de este organismo publico descentralizado, para ser aprobado por decreto supremo refrendado por el Ministro de Salud; Que, asimismo, por Ley Nº 28343 se declaro de interes y necesidad publica la descentralizacion de los servicios medicos oncologicos a traves de servicios o sedes macrorregionales del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, ubicados estrategicamente en determinadas circunscripciones territoriales, a fin de detectar y tratar las enfermedades neoplasicas y desarrollar acciones de prevencion y promocion de la salud; Que, el Ministerio de Salud ha cumplido con presentar el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones ROF del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, el cual ha seguido los criterios establecidos por la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, asi como los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones por parte de las entidades de la Administracion Publica, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, en tal sentido, para garantizar el cumplimiento eficiente y eficaz de las funciones a cargo del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, resulta necesario aprobar el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF presentado, el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.