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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2007 (14/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de enero de 2007 337564 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. N° 066-2006-SUNASS-CD.- Aprueban Reglamento General de Reclamos de Usuarios de Servicios de Saneamiento y Documento de Análisis de Impacto Regulatorio 337591 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Fe de Erratas Ordenanza N° 995 337623 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza N° 315-2006-MDEA.- Aprueban modi ¿ ca- ciones a la Estructura Orgánica y al Organigrama Estructural 337623 Ordenanza N° 316-2006-MDEA.- Aprueban modi ¿ ca- ciones al Cuadro para Asignacion de Personal , Reglamento de Organización y Funciones, y Manual de Organización y Funciones 337624 Acuerdo N° 097-A-2006-SEGE-06-MDEA.- Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de transporte, recolección y disposición ¿ nal de residuos sólidos 337625 MUNICIPALIDAD DE LURIN Acuerdo N° 113-2006/ML.- Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura del año ¿ scal 2007 337626Acuerdo N° 003-2007-ML.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de combustibles para la À ota vehicular y maquinarias de la municipalidad 337627 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO R.A. N° 048.- Aprueban realización de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito 337628 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza N° 000002.- Aprueban el Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira À ores 337629 Acuerdo N° 000007.- Delegan en el Alcalde diversas atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el Art. 9° de la Ley Ogánica de Municipalidades, Ley N° 27972 337632 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Acuerdos N°s. 002 y 003-2007/MDSA.- Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de leche evaporada y la contratación de servicio de recolección, transporte y disposición ¿ nal de residuos sólidos 337632 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO D.A. N° 002-2007-MDS.- Establecen cronograma de pagos del Impuesto Predial para el año 2007 337634 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores DECRETO SUPREMO Nº 003-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se han dictado disposiciones que regulan la competencia de los Consejos de Usuarios de los Organismos Reguladores; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, modi ¿ cada por la Ley Nº 28337; Que, a efectos de que el proceso de elección de los miembros del Consejo de Usuarios de los Organismos Reguladores cuente con una adecuada reglamentación que garantice la participación de las asociaciones de consumidores y/o usuarios, las organizaciones sin ¿ nes de lucro vinculadas a los mercados regulados y las organizaciones del sector empresarial no vinculadas a las entidades prestadoras, resulta pertinente precisar algunos de sus artículos;De conformidad con el numeral 8 del artículo 118º y el artículo 65º de la Constitución Política del Perú, con el Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº 27332; DECRETA:Artículo 1º.- De la modi fi cación del Reglamento de la Ley Marco de los Organismos Reguladores Modifíquense los artículos 15º, 16º, 18º, 19º, 20º, 21º, 22º, 23º, 24º, 25º y 28º del Reglamento de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 15º.- Conformación de los Consejos de Usuarios Los Consejos de Usuarios están conformados por los miembros que hayan sido elegidos democráticamente entre los candidatos propuestos por las siguientes organizaciones, de nivel local, regional o nacional, que estén debidamente constituidas y que de ser el caso, estén inscritas en el registro público respectivo: (i) Asociaciones de consumidores y/o usuarios. (ii) Universidades públicas y privadas, que cuenten con facultades relacionadas a las materias propias del sector regulado. (iii) Colegios profesionales, de alcance nacional o departamental, según se trate del proceso electoral de los miembros de un Consejo de Usuario de alcance nacional o regional, respectivamente. (iv) Organizaciones sin fi nes de lucro vinculadas a los mercados regulados; y, (v) Organizaciones del sector empresarial no vinculadas y que no agrupen a las entidades prestadoras. El número de miembros de los Consejos de Usuarios será determinado por acuerdo del Consejo Directivo del Organismo Regulador, y no podrá ser menor de tres (3) ni