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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2007 (14/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de enero de 2007 337580 la defensa del Estado peruano en la etapa de méritos del proceso arbitral, está directamente relacionada con actos de la gestión de la Misión Diplomática del Perú en los Estados Unidos de América; Teniendo en consideración las opiniones favorables de la Dirección General de Asuntos Legales y de la Secretaría de Administración; y de conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley N° 26112; el artículo 2 numeral 3) inciso o) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N°083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°084-2004 PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de los Fondos Comprometidos en la Carta de Compromiso de fecha 6 de junio del 2006, de acuerdo al presupuesto y términos de dicha Carta, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0814-2006-RE, hasta por una suma de US$189,169.41 (Ciento Ochenta y Nueve Mil Ciento Sesenta y Nueve Dólares con Cuarenta y Un Centavos) para los honorarios y gastos por los servicios legales referidos a la asesoría legal que viene brindando el estudio Sidley Austin Llp para la defensa del Estado peruano en el proceso arbitral iniciado ante el CIADI por las empresas Lucchetti S.A., actualmente Industria Nacional de Alimentos S.A., y Lucchetti Perú S.A., etapa de Anulación de laudo arbitral. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de Misión de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a suscribir la Addenda de fecha 28/12/06 a la citada Carta de Compromiso con el Estudio Jurídico “Sidley Austin Llp” referida a la ampliación de los Fondos Comprometidos según se detalla en el artículo primero. Artículo Tercero.- La Embajada del Perú en los Estados Unidos será la encargada de supervisar y velar por el estricto cumplimiento de la mencionada contratación y de la citada Addenda. Asimismo, dicha Embajada será la encargada de dar la respectiva conformidad por los servicios prestados por el Estudio. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 15397-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1545/RE Lima, 29 de diciembre de 2006CONSIDERANDOQue mediante Resolución Ministerial Nº 0820 de fecha 19 de julio del 2006 se aprobó la contratación del Estudio Jurídico “Sidley Austin Llp” para que brinde la asesoría legal especializada para la defensa del Estado peruano durante la etapa de méritos del proceso arbitral iniciado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) por la empresa Duke Energy International Peru Investments N° 1 Ltd., según los términos de la Carta de Compromiso de fecha 10 de febrero del 2006. Que, la citada Resolución Ministerial autorizó al Jefe de Misión de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a suscribir la mencionada Carta de Compromiso con el Estudio Jurídico “Sidley Austin Llp” comprometiendo el pago de la fase inicial de la Etapa de méritos del citado proceso arbitral para cubrir honorarios y otros gastos; señalando que los montos adicionales que pudieren ser requeridos para la adecuada representación del Estado en esta Etapa, serán aprobados por Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, previa provisión de los mismos por el Ministerio de Economía y Finanzas;Que, siendo necesarios para la defensa del Estado fondos adicionales a los comprometidos y según el presupuesto y términos de la citada Carta de Compromiso, con O¿ cio RE (GAB) Nº 2-5-/47 de fecha 29 de agosto del 2006, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedió a solicitarlos al Ministerio de Economía y Finanzas a ¿ n de poder atender los servicios de asesoría legal vinculados al citado proceso arbitral; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Nº 28939 de fecha 21 de diciembre de 2006, que aprueba un Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Dispone la Creación de Fondos y Dicta otras Medidas; el O ¿ cio Circular del Ministerio de Economía y Finanzas Nº 042-2006-EF/76.12 del 22 de diciembre de 2002, mediante el cual establece el monto asignado al Pliego del Ministerio de Relaciones Exteriores hasta por un monto de S/. 1´965,596.00; Que, mediante Memorándum (SAD-DGA-FIN) Nº 4037 del 27 de diciembre de 2006, la Secretaría de Administración ha informado que de dicho monto, corresponde para la asesoría jurídica en el caso Duke Energy International Peru Investments N° 1 Ltd, la suma de US$ 405,706.30 (Cuatrocientos Cinco Mil Setecientos Seis Dólares con Treinta Centavos) para atender los servicios legales ya citados; Que, el estudio Sidley Austin Llp ha presentado una propuesta de Addenda de fecha 22/09/06 a la citada Carta de Compromiso, referida a la ampliación de fondos por US$ 405,706.30; Que, el numeral 2.3 del artículo 2° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala las causales de inaplicación de la ley, en cuyo inciso o) se establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la República, exclusivamente para su funcionamiento y gestión, están fuera del ámbito de aplicación de dicha ley; Que, la contratación de los servicios especializados de asesoría legal internacionales que se encargarán de la defensa del Estado peruano en la etapa de méritos del proceso arbitral, está directamente relacionada con actos de la gestión de la Misión Diplomática del Perú en los Estados Unidos de América; Teniendo en consideración las opiniones favorables de la Dirección General de Asuntos Legales y de la Secretaría de Administración; y de conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del artículo 5º de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley N° 26112; el artículo 2 numeral 3) inciso o) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N°083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°084-2004 PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de los Fondos Comprometidos en la Carta de Compromiso de fecha 10 de febrero del 2006, de acuerdo al presupuesto y términos de dicha Carta, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 0820, hasta por una suma de US$405,706.30 (Cuatrocientos Cinco Mil Setecientos Seis Dólares con Treinta Centavos) para los honorarios y gastos por los servicios legales referidos a la asesoría legal que viene brindando el estudio Sidley Austin Llp para la defensa del Estado peruano en el proceso arbitral iniciado ante el CIADI por la empresa Duke International Peru Investmenst Nº 1 Ltd, etapa de méritos. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de Misión de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a suscribir la Addenda de fecha 22/09/06 a la citada Carta de Compromiso con el Estudio Jurídico “Sidley Austin Llp” referida a la ampliación de los Fondos Comprometidos según se detalla en el artículo primero. Artículo Tercero.- La Embajada del Perú en los Estados Unidos será la encargada de supervisar y velar por el estricto cumplimiento de la mencionada contratación y de la citada Addenda. Asimismo, dicha Embajada será