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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de enero de 2007 338202 Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos, en el que está consignado el cargo de Asesor II, cuya plaza cuenta con el fi nanciamiento correspondiente; Que resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al médico cirujano Arnaldo SUÁREZ NALVARTE, en el cargo de Asesor II, Nivel F-4, del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 18607-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2007-MTC Lima, 23 de enero de 2007 CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado: Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la cali fi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, según Informe Nº 016-2007-MTC/12.04, de fecha 11 de enero de 2007, de la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se señala que la empresa Aeromaster del Perú S.A., mediante Carta Nº GG- 001-07-ccg, presentada con fecha 10 de enero de 2007, en el marco de los Procedimientos Nº 11 y 18 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Aeronaves e Inspección Técnica a Talleres de Mantenimiento Aeronáutico para Establecimiento o Actualización de Habilitaciones) establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, reprogramar las inspecciones técnicas de las aeronaves Bell 214 ST de matrícula N-726HT y Sikorsky S-61N de matrícula N-91158, así como las inspecciones técnicas de los talleres de mantenimiento aeronáutico Helicopter Transport Service, a realizarse en las ciudades de Portland, Estados Unidos de América, y Ottawa, Canadá; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 37846, 37848, 37849, 37850, 37851, 37852, 37853 y 37854, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nº 074-2007-MTC/12.04-SDA y Nº 075-2007-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Alejandro Alberto Alva Panduro y Raúl Fernando Mendives Rodríguez, para realizar las inspecciones técnicas de las aeronaves Bell 214 ST de matrícula N-726HT y Sikorsky S-61N de matrícula N-91158, así como las inspecciones técnicas de los talleres de mantenimiento aeronáutico Helicopter Transport Service, en las ciudades de Portland, Estados Unidos de América, y Ottawa, Canadá, durante los días 5 al 12 de febrero de 2007; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contrae las Órdenes de de Inspección Nº 074-2007-MTC/12.04- SDA y Nº 075-2007-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Alejandro Alberto Alva Panduro y Raúl Fernando Mendives Rodríguez, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Portland, Estados Unidos de América, y Ottawa, Canadá, durante los días 5 al 12 de febrero de 2007, para losfi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aeromaster del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 37846, 37848, 37849, 37850, 37851, 37852, 37853 y 37854, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos personas) US$ 3,520.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos personas) US$ 60.50 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.