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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de enero de 2007 338509 Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria deDestitución a don Alberto Pastor Gonzáles Echevarria, por su actuación como Juez del Juzgado de Paz de Ciudad Blanca del distrito de Paucarpata, Distrito Judicial de Arequipa.- Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 20933-2 Sancionan con destitución a Secretario del Juzgado Mixto de la provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, Distrito Judicial de Ancash INVESTIGACIÓN ODICMA N° 95-2005-ANCASH Lima, quince de setiembre del dos mil seis.-VISTO: El expediente administrativo que contiene la Investigación ODICMA número noventa y cinco guión dos mil cinco guión Ancash, seguida contra Severiano Saturnino del Castillo de Paz por su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de la provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, Distrito Judicial de Ancash; por los fundamentos de la resolución número treinta y tres expedida por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas doscientos dieciséis a doscientos veinte, su fecha veintiséis de agosto del dos mil cinco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, en mérito de los o fi cios cursados por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, de fojas uno, el Gobernador del Distrito de San Luis, de fojas dos; el Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, de fojas cuatro, el Comisario de la Comisaría de San Luis, de fojas ocho; así como del o fi cio remitido por el Centro de Salud del Distrito de San Luis, de fojas nueve, la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ancash, mediante resolución de fojas diez a doce dispuso abrir investigación contra el servidor Severiano Saturnino del Castillo de Paz por los siguientes cargos: a) haber incurrido en infracción a sus deberes al incumplir con su horario de labores los días ocho, nueve y catorce de enero del dos mil cuatro; b) haber concurrido a su centro de labores en estado de ebriedad durante los días seis y siete de enero del mismo año, maltratando de palabra a los abogados y litigantes; y c) haberse conducido de manera inapropiada al agredir físicamente a su cónyuge, por lo cual fue denunciado por violencia familiar; habiéndose acumulado a los autos la queja interpuesta por Jorge Wilfredo Charqui Gómez contra el mencionado servidor por tratarse de hechos similares a los de materia de investigación; Segundo: Que, el secretario investigado, pese a ser debidamente noti fi cado, no absolvió los cargos formulados en su contra, siendo declarado rebelde mediante resolución de fojas ciento treinta y dos; no obstante ello, presentó escritos de descargo que obran a fojas ciento sesenta y ciento ochenta y cuatro, y rindió su declaración según los términos que obran en el acta de fojas ciento setenta y nueve; Tercero: Que, respecto al cargo de haber incurrido en infracción a sus deberes, al incumplir con el horario de labores los días ocho y nueve de enero del dos mil cuatro, obran como pruebas la constatación policial del ocho de enero de dicho año, en la cual se veri fi ca que el nombrado secretario no retornó a laborar después de la hora de refrigerio sin motivo justi fi cado; así como el o fi cio remitido por el Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald dando cuenta sobre la ausencia injusti fi cada del investigado los referidos días; Cuarto: Que, con relación al cargo de haber asistido a su centro de labores en estado de ebriedad, durante los días seis y siete de enero del dos mil cuatro, consta como medios probatorios, el o fi cio cursado por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, donde indica que el servidor judicial se encontraba en estado de ebriedad maltratando a los abogados y litigantes en dichas fechas, constatación que se hizo ante las reiteradas denuncias verbales del público, lo que también se corrobora con la queja interpuesta por el abogado Jorge Charqui Gómez, quien re fi ere que al apersonarse al juzgado mixto para preguntar por un expediente fue atendido por el secretario Severiano del Castillo, quien se encontraba en estado de ebriedad; Quinto: Que, en cuanto al cargo de haberse conducido de manera inapropiada al agredir físicamente a su cónyuge, por el cual fue denunciado por violencia familiar, se encuentra probado con la manifestación de la agraviada de fojas ciento dieciséis, en donde relata como fue agredida, así como con el certi fi cado médico de fojas ciento veintidós, donde se le diagnostica lesiones poli contusas leves; Sexto: Que, la declaración formulada por el servidor investigado ante el Magistrado de la O fi cina Distrital de Control de la Magistratura de Ancash, así como lo expuesto en escritos presentados no desvirtúan los cargos formulados en su contra; concluyéndose por el contrario que con su irregular conducta incumplió sus deberes, atentando contra la respetabilidad del Poder Judicial y desmereciendo el cargo ante el concepto público; hecho que es reiterativo pues en la Investigación ODICMA número doscientos treinta guión dos mil tres guión Ancash fue sancionado con medida disciplinaria de suspensión por el plazo de dos meses sin goce de haber, por lo que resulta de aplicación lo previsto en el artículo doscientos once del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Severiano Saturnino del Castillo de Paz, por su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de la provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, Distrito Judicial de Ancash.- Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANJOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 20933-3 Sancionan con destitución a Especialista Legal del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Condevilla, Distrito Judicial de Lima Norte INVESTIGACIÓN N° 127-2005 - LIMA NORTE Lima, quince de setiembre del dos mil seis.-