Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2007 (27/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de enero de 2007

MORDAZA, provincia de Casma, departamento de MORDAZA, con una capacidad de 80 t/h de procesamiento de materia prima, en virtud al Contrato de Compraventa de la referida unidad productiva, celebrado con PESQUERA TAURO S.A. el 7 de setiembre del 2005 y su adendum del 24 de octubre del 2005, inscrito en la Partida Nº 02000226 de la SUNARP Oficina Registral de Casma. La FIDUCIARIA S.A. interviene en la solicitud en su calidad de Fiduciario del patrimonio fideicometido constituido en virtud del Contrato de Fideicomiso de fecha de Escritura Publica 29 de agosto de 2005, inscrita en la Partida Nº 02000226 de la SUNARP Oficina Registral de Casma, cuya MORDAZA de inscripcion obra en el folio 2 del expediente; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente y de la inspeccion tecnica de verificacion de capacidad de planta, se ha determinado que CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. ha cumplido con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE publicado el 16 de diciembre del 2003, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular que solicita; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3222006-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 5 de setiembre del 2006 y con la opinion favorable de la instancia legal respectiva; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, de fecha 3 de MORDAZA del 2006; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Aprobar a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA TAURO S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 703-97-PE del 7 de noviembre de 1997, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial ubicado en Jr. MORDAZA Lamas, Lote Nº 01, Manzana C1, MORDAZA Industrial, Sector Puerto Casma, distrito Comandante MORDAZA, provincia Casma, Region MORDAZA, con una capacidad de 80 t/h de procesamiento de materia prima, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgada. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado otorgada a PESQUERA TAURO S.A. en Liquidacion mediante Resolucion Ministerial Nº 703-97-PE. Articulo 3º.- CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos, observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, y cumplir con la ejecucion del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 016-95-PE/DIREMA del 6 de MORDAZA de 1995 y ampliacion del Estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Oficio Nº 870-1997-PE/DIREMA del 9 de setiembre de 1997,por la ex Direccion de Medio Ambiente actual Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del presente cambio de titular sin la autorizacion debida, seran causales de la caducidad del derecho otorgado o

de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5º.- Incorporar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. en el anexo IV A de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el articulo 1º de la presente resolucion, excluyendo a PESQUERA TAURO S.A. de dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19963-11

RELACIONES EXTERIORES
Designan Agregado Civil a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0088/RE MORDAZA, 22 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar agregados a sus Misiones Diplomaticas, Oficinas Consulares y Representaciones Permanentes en el Exterior, dentro de los limites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, los agregados, cualquiera sea su naturaleza dependeran del Jefe de Mision y actuaran como asesores de este en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion y deben cumplir ademas las instrucciones que se les imparta; Que, la Embajada del Peru en la Republica MORDAZA, requiere para el mejor cumplimiento de sus funciones, contar con los servicios de un especialista en el area administrativa; Teniendo en consideracion lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAB) Nº 38, del Gabinete del Ministro, de 9 de enero de 2007; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los articulos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; y la Resolucion Suprema Nº 269-95RE, que fija el coeficiente de remuneracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Agregado Civil a la Embajada del Peru en la Republica MORDAZA, a partir del 1 de febrero de 2007. Articulo Segundo.- La citada funcionaria percibira por concepto de remuneracion MORDAZA y por Servicio Exterior el correspondiente al Nivel F-1 en la sede donde desempenara sus funciones. Articulo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 20411-1

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