Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2007 (27/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338495

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado mediante Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° numeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar por innovacion tecnologica sin incremento de capacidad, la Resolucion Directoral Nº 259-2005-PRODUCE/DNEPP, del 5 de octubre de 2005, en lo que respecta a la capacidad de la planta de harina de pescado de MORDAZA Convencional, la misma que se acondiciona y modifica de 28 t/h a 21 t/h y adicionar las 07 t/h restantes a su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en Mz. B1, Lote 6, MORDAZA Ind. Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2°.- Otorgar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., licencia para operar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con capacidad instalada de 35 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Mz. B1, Lote 6, MORDAZA Ind. Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 3°.- CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., debera operar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun MORDAZA de Verificacion Nº 0122006-PRODUCE/DIGAAP, del 12 de octubre de 2006. Articulo 4°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 3° sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5°.- Incorporar al establecimiento industrial pesquero de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., ubicado en Mz. B1, Lote 6, MORDAZA Ind. Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en la Resolucion Ministerial Nº 186-2006PRODUCE, de 19 de MORDAZA de 2006, en sus actividades de harina de pescado de alto contenido proteinico y harina de pescado de MORDAZA convencional. Articulo 6°.- Incorporar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. al Anexo IV - A y IV ­ B (Plantas de Procesamiento Pesquero - Harina de Pescado deAlto Contenido Proteinico y Harina de pescado de MORDAZA Convencional) de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, con su capacidad instalada de 35 t/h y 21 t/h de procesamiento de materia prima respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y asimismo, efectuar las modificaciones pertinentes. Articulo 7°.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 052-2006-PRODUCE/DNEPP, del 20 de febrero de 2006, que aprobo el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 203-95PE, del 4 de MORDAZA de 1995, a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., para que se dedique al procesamiento de recursos hidrobiologicos, a traves de su planta harina de pescado, con capacidad 28 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en las calles Brasil y MORDAZA s/n, Mz. L, Lote 1-8, MORDAZA MORDAZA, distrito MORDAZA Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 8°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion

Regional de la Produccion de Chimbote y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19963-9

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para desarrollar actividades de procesamiento de recursos hidrobiologicos a favor de Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 436-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 15 de noviembre de 2006 Vistos los escritos con Registro Nº 00036336 del 6 de junio, 18 de MORDAZA, 15 de agosto y 20 de octubre del 2006 respectivamente, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el literal d) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de licencia para la operacion de las plantas de procesamiento de productos pesqueros; la misma que es otorgada a nivel nacional por el Ministerio de la Produccion conforme a lo dispuesto en el articulo 46º del mismo cuerpo legal; Que de conformidad con el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el articulo 51º del citado Reglamento en el considerando precedente, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los terminos y condiciones en que fue otorgada; Que por Resolucion Ministerial Nº 692-95-PE del 20 de diciembre de 1995, se otorgo a PESQUERA TAURO S.A. autorizacion para el aumento de la capacidad de operacion de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, de 40 a 80 t/h de procesamiento de materia prima, a implementarse en su establecimiento industrial pesquero ubicado en puerto de Casma, distrito Comandante MORDAZA, provincia de Casma, departamento de Ancash. Que con Resolucion Ministerial Nº 703-97-PE del 7 de noviembre de 1997 se otorgo a PESQUERA TAURO S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en el establecimiento industrial indicado en el considerando anterior, con una capacidad de 80 t/h de procesamiento de materia prima. Que a traves de los escritos del visto, CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. y LA FIDUCIARIA S.A solicitan a favor de la primera empresa mencionada, el Cambio de Titular de la Licencia de Operacion otorgada a PESQUERA TAURO S.A. mediante la Resolucion Ministerial Nº 70397-PE del 7 de noviembre de 1997, a fin de operar la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico ubicada en el puerto de Casma, distrito Comandante

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