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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2007 (27/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de enero de 2007 338521 facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora ROSA ADRIANA ZULUETA ASENJO, como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tarma, Distrito Judicial de Junín. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora ROSA ADRIANA ZULUETA ASENJO, como Juez del Octavo Juzgado de Paz Letrado de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 20298-15 Expiden Título a Magistrado como Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, Distrito Judicial de Lima Norte RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 016-2007-CNM Lima, 8 de enero de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 5047-2006-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2006, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y el O fi cio Nº 6641-2006-P-CSJLN-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2006, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título o fi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modi fi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 5047-2006-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2006, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certi fi cada de la Resolución Administrativa Nº 160-2006-CE-PJ, de fecha 9 de noviembre de 2006, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el señor Luis Humberto Requejo Lázaro, Juez Titular del Juzgado Especializado Civil de la Provincia de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco, en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de Juez Mixto de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante O fi cio Nº 6641-2006-P-CSJLN-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2006, remite copia certi fi cada de la Resolución de Presidencia Nº 594-2006-CSJLN/ PJ, de fecha 26 de diciembre de 2006, que dispone la incorporación del doctor Luis Humberto Requejo Lázaro, como Juez Mixto, asignándosele el Despacho del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesión de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor LUIS HUMBERTO REQUEJO LÁZARO, como Juez Especializado en lo Civil de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor LUIS HUMBERTO REQUEJO LÁZARO, como Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, Distrito Judicial de Lima Norte. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 20298-16 Expiden Título a Magistrada como Vocal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 017-2007-CNM Lima, 10 de enero de 2007VISTO:El O fi cio Nº 5246-2006-CE-PJ, de fecha 27 de diciembre de 2006, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título o fi cial al Juez