Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2007 (27/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

338523

Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 0042007-MP-FN, de fecha 4 de enero de 2007, en su articulo MORDAZA dispone la permuta definitiva entre los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular Penal de Huaral, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular Penal del Santa; asimismo, el articulo MORDAZA de la citada resolucion, dispone solicitar al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, la cancelacion del titulo de los citados Fiscales, extendiendoles un MORDAZA titulo; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial en lo Penal de Huaral, Distrito Judicial de Huaura. Segundo.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del Santa. Tercero.- Expedir el titulo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del Santa. Cuarto.- Expedir el titulo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial en lo Penal de Huaral, Distrito Judicial de Huaura. Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 20298-19

Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4º dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 3684-2006-CE-PJ, de fecha 18 de setiembre de 2006, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 116-2006-CE-PJ, de fecha 18 de setiembre de 2006, que declara fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Primera Instancia de Cajatambo, Distrito Judicial del Callao, en consecuencia, se dispone su reincorporacion en el cargo de Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, comprension del Distrito Judicial del mismo nombre; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion de fecha 24 de agosto de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez de Primera Instancia de Cajatambo, Distrito Judicial del Callao. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Callao, Distrito Judicial del Callao. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 20298-20

Expiden Titulo a Magistrado como Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal del Callao
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 031-2007-CNM MORDAZA, 16 de enero de 2007 VISTO:

Expiden Titulo a Magistrado como Fiscal Adjunto Provincial Mixto de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 032-2007-CNM MORDAZA, 16 de enero de 2007

El Oficio Nº 3684-2006-CE-PJ, de fecha 18 de setiembre de 2006, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura;

VISTO: La Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 11452006-MP-FN, de fecha 21 de setiembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el

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