Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2007 (03/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2007

Que, Entendiendo la necesidad historica y de la vocacion catolica, apostolica y MORDAZA de nuestro pueblo que necesita de un simbolo divino que lo caracterice como Patrono de todas nuestras acciones del quehacer municipalista; Que en uso de las facultades establecidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDAN: Articulo Primero.- Se aprobo que la nueva denominacion de nuestra municipalidad distrital sera: Municipalidad Distrital Santisimo MORDAZA de Pachacamac. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Secretaria General, Gerencia de Desarrollo Economico y Turistico el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23431-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de combustible
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2007-MPC MORDAZA, 19 de enero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Municipal de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del MORDAZA, es un organo de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Municipalidades; Que, como consecuencia del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0003-2006-CE/MPC, la Municipalidad Provincial del MORDAZA suscribio, con fecha 7 de MORDAZA del 2006 contratos con las empresas MORDAZA Servis E.I.R.LTDA, para el suministro de combustible Petroleo Diesel ­ 2; y Repuestos MORDAZA, para el Suministro de Combustible Gasolina de 84 Octanos; habiendose ejecutado en su totalidad el primero de ellos y teniendo un saldo por ejecutar de 750 galones el segundo; Que, asi mismo; como resultado del MORDAZA deAdjudicacion Directa Publica Nº 0007-2006-C/MPC, la Municipalidad Provincial del MORDAZA suscribio, con fecha 18 de septiembre del 2006 otro contrato con la empresa Latina Servis E.I.R.LTDA para el suministro de Combustible y Gasolina de 84 Octanos; el cual MORDAZA mediante addenda del 26 de diciembre del 2006, tiene a la fecha un saldo por ejecutar de 1,593 galones; Que, mediante Informe Nº 011-2007-OL-OGA-MC de fecha 15 de enero del 2007, la Oficina de Logistica informa que actualmente no se cuenta con contrato alguno para el suministro de Petroleo Diesel - 2, y con respecto a los saldos por ejecutar de los contratos vigentes suscritos con los contratistas MORDAZA Servis E.I.R.LTDA y Repuestos MORDAZA, referidos al suministro de Combustible Gasolina de 84 Octanos, los saldos resultan insuficientes para cubrir las necesidades de combustible de las diversas dependencias de la municipalidad;

Que, mediante memorandum Nº 034-2007-OGA/ MPC de fecha 17 de enero del 2007, la Directora General de Administracion, concluye en que debe declararse en desabastecimiento inminente la contratacion del suministro de combustible para las unidades vehiculares y maquinarias de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, por el periodo de 60 dias por un valor referencial total de S/. 112,991.08, conforme a los detalles que en dicho documento se consigna, debido a que la ejecucion de un MORDAZA de seleccion para la contratacion del suministro de combustible para las unidades vehiculares y maquinarias de la corporacion no se podra ejecutar en un plazo menor de 60 dias, encontrandose en MORDAZA de la formulacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del MORDAZA para el ejercicio presupuestal 2007; Que, por otro lado, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Tesoreria, se cuenta con disponibilidad de recursos en la partida especifica de gasto 5.3.11.23 y la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, hasta por el monto de S/. 112,991.08 para atender el presente requerimiento; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por decreto Supremo Nº 083-2004PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, de conformidad con el primer parrafo del articulo 21º del mismo cuerpo legal, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la conformidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad a su cargo de manera esencial, facultando dicha situacion a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, los acuerdos descritos precedentemente, califican como una situacion de desabastecimiento inminente, toda vez que sobreviene una situacion extraordinaria e imposible de prever que afecta directamente la continuidad de suministro de combustible, poniendo en riesgo el desarrollo de las actividades esenciales, la ejecucion de los proyectos de inversion y la prestacion de los servicios publicos basicos que la Municipalidad Provincial del MORDAZA presta a la poblacion de su jurisdiccion; Que, de acuerdo al articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contenga la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, requerimiento legal cumplido con los documentos de visto; Que, el articulo 147º del precitado Reglamento, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, por lo expuesto y con la fidelidad de garantizar la continuidad del suministro de combustible a la Municipalidad Provincial del MORDAZA por un periodo de 60 dias, corresponde proceder a la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion por casual de desabastecimiento inminente; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 004-2007-DGAJ/ MPC de fecha 17 de enero del 2007; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo por Mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta. ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por casual de situacion de desabastecimiento inminente y autorizar la contratacion conforme a ley del

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