Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2007 (03/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339029

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen monto por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago y fechas de vencimiento de obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 095 -MDPP MORDAZA MORDAZA, 28 diciembre 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR CONCEPTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBOS DE PAGO Y SE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL 2007 Articulo Primero.- FIJAR los montos a abonar por concepto de emision mecanizada, los mismos establecidos para el 2005 y 2006, los cuales fueron aprobados mediante Ordenanzas Nºs. 051-MDPP y 074MDPP respectivamente; S/ 4.00 (Cuatro Nuevos Soles) el monto de que debera abonar el contribuyente por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial del ano 2006 incluyendo la distribucion de la Declaracion Jurada a los domicilios fiscales consignados por los contribuyentes. Por cada anexo de actualizacion (predio adicional) se abonara S/. 2.00 Nuevos Soles por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- FIJAR en S/. 1.00 (Un MORDAZA sol) mensual el monto que debera abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de los recibos de arbitrios incluida su distribucion a domicilio. Articulo Tercero.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2007 vence. enero y febrero marzo MORDAZA MORDAZA junio MORDAZA agosto septiembre octubre noviembre diciembre 28 de febrero 30 de marzo 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 28 de junio 31 de MORDAZA 31 agosto 28 de septiembre 31 de octubre 30 de noviembre 28 de diciembre

corresponda a Comedores Populares, Club de Madres, los Comites del Programa del Vaso de Leche y Locales Comunales inscritos en el registro de organizaciones de la municipalidad siempre y cuando los predios se destinen a los fines especificos de la organizacion. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Informatica y Estadistica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22495-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen horario de funcionamiento de Establecimientos Comerciales y regulan procedimiento para obtencion de autorizacion especial de funcionamiento nocturno
ORDENANZA Nº 100-MDPH Punta MORDAZA, 11 de enero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, en la Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades gozan de potestad tributada para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, dentro de su jurisdiccion; que es concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que la Ley Nº 28681 - Ley que Regula la Comercializacion, Consumo y Publicidad de bebidas alcoholicas, publicada el 5 de marzo del 2006 en el Diario Oficial El Peruano, establece el MORDAZA normativo que regula la comercializacion, consumo y publicidad de bebidas alcoholicas, disponiendo que los gobiernos locales efectuen un control regulativo sobre su comercializacion minorista, el consumo de las mismas dentro de areas publicas o lugares de uso publico, adecuandolas a la realidad particular que representa cada distrito; Que el articulo 78º de la Ley Organica de Municipalidades, establece la Atribucion Regulatoria de las Municipalidades, por lo cual se debe proceder de forma conexa a regular los horarios de apertura y cierre de los establecimientos comerciales que operen dentro del distrito, la que debe ser regulada considerando factores de tranquilidad publica, seguridad ciudadana, desarrollo propio de la actividad comercial, y cumplimiento o implementacion de normas reglamentarias del Sistema Nacional de Defensa Civil, que permitan restablecer el MORDAZA de autoridad del Gobierno Municipal; Que, conforme se establece en el inciso f) del articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, las Municipalidades podran imponer "Otras Tasas" distintas de las Licencias de Funcionamiento previstas en el inciso c) del articulo 68º, que son las tasas que debe pagar todo contribuyente que desarrolle actividades sujetas a fiscalizacion o control municipal extraordinario, siempre que medie la autorizacion prevista en el articulo 67º de la precitada ley; Que considerando los derechos de los vecinos y ciudadanos del distrito, se determina que una adecuada jornada de prestacion de servicios seria entre las 06.00 horas hasta las 23.00 horas para todos los establecimientos; con excepcion de los que cuenten con Autorizacion Especial de Funcionamiento Nocturno, segun lo normado en la presente Ordenanza al respecto;

Articulo Cuarto.- Para el 2007 se considerara un incentivo por el abono adelantado de los Arbitrios un descuento del orden del 10% y 6% segun los supuestos que se pasa a detallar. A) Si se estuvo al dia en sus pagos de los Arbitrios municipales al 31 de diciembre del ano 2006, y: 1.- Cancela los doce (12) meses del ano 2007, hasta el 28 de febrero, obtendra un descuento del 10% del monto a pagar que le corresponda por concepto de Arbitrios. B) Si no estuvo al dia en el pago de los Arbitrios Municipales al 31 de diciembre del 2006, y. 1.- Cancela los doce (12) meses del ano 2007, hasta el 28 de febrero, obtendra un descuento del 6% del monto a pagar que le corresponda por concepto de Arbitrios. Articulo Quinto.- Exonerese del pago de los Arbitrios Municipales a los predios cuya titularidad

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