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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de febrero de 2007 339329 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Estado del Perú, modi fi cado mediante Ley N° 28607, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 003-2007-JSC-DSC-MDR el Jefe del departamento de Seguridad Ciudadana mani fi esta que el día 29 de enero de 2007 en las inmediaciones de la Av. Francisco Pizarro cuadra 7, un grupo de vandálicos pandilleros han atacado un microbús que transitaba por el lugar ocasionando heridas de consideración, por lo que solicita tomar medidas preventivas y correctivas que sancionen a dichas conductas; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales representan al vecindario siendo su finalidad el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción, en ese sentido se hace necesario dictar las normas correspondientes a fin de sancionar las conductas antisociales de éstos grupos vandálicos; Estando a lo dispuesto por el artículo 9º numerales 8) y 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SANCIONA LAS CONDUCTAS VANDÁLICAS Y PERNICIOSAS DURANTE EL TRADICIONAL JUEGO DE CARNAVALES Artículo Primero.- PROHIBIR los juegos de carnavales en la vía pública, que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandálicas que vayan en contra de la integridad física y/o el patrimonio de ciudadanos de la comunidad. Artículo Segundo.- Aplicar la sanción de 0.05 UIT vigente, a quienes practican juegos de carnavales en la vía pública, que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandálicas que vayan en contra de la integridad física y/o el patrimonio de ciudadanos de la comunidad. Artículo Tercero.- Incluir en la Ordenanza Nº 106- MDR mediante el cual se aprueba el Régimen de Aplicación y Sanciones (RAS), Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), en el ítem 3 de Moral y Orden Público, en el concepto de infracciones contra el público en general (200) asignándole el código (3-208) cuya denominación “Juego de carnavales en la vía pública, que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandálicas que vayan en contra de la integridad física y/o el patrimonio de ciudadanos de la comunidad” siendo según la tabla de equivalencias por tipo de infracción LEVE (L) cuyo factor aplicable a la UIT vigente es de 0.05. Código Infracción Establec en gral.. Preventiva Tipo de InfracciónMed. Complement. 3-208 Juego de carnavales en la vía pública que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandálicas que vayan en contra de la integridad física y/o el patrimonio de ciudadanos de la comunidad. L Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico a través del Departamento de Control de Normas Municipales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal a los dos días de febrero de dos mil siete. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 23729-1Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el Ejercicio Presupuestal 2007 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00055-2007-MDR Rímac, 26 de enero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTOS; el Informe Nº 030-2007-UL/OAF-MDR de fecha 26.01.07 de la Unidad de Logística, el Memorando Nº 033-2007-OAF/MDR de fecha 26.01.07 de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Proveído S/N de fecha 26.01.07 de la Gerencia Municipal por los cuales elevan el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2007 solicitando su aprobación; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 34º de la citada norma municipal, establece que las contrataciones y adquisiciones que realicen los Gobiernos Locales se sujetan a la Ley de la materia, esto es, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE de fecha 29.12.03; Que, el artículo 7º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, concordante con el artículo 22º del D.S. Nº 084- 2004-PCM, cada entidad elabora un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debe prever bienes, servicios y obras que la entidad requerirá durante el presente ejercicio presupuestal en función de sus metas y prioridades institucionales. Dentro del Plan Anual se considerarán todas las adquisiciones y contrataciones con independencia del régimen que las regule, incluyendo las adquisiciones de Menor Cuantía Programales; Que, el artículo 25º del D.S. Nº 084-2004-PCM señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa, dentro de los treinta (30 días naturales siguientes a la aprobación del presupuesto institucional; Que, mediante el acuerdo de Concejo Nº 077-2006- MDR de fecha 27.12.06 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura 2007 de la Municipalidad Distrital del Rímac para el año fi scal 2007; Que mediante los documentos de vistos, se remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, para su aprobación y al encontrarla arreglada a Ley, éste debe aprobarse, debiendo publicarse en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas en el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el T.U.O. de la Ley Nº 26850 aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM con los vistos de Ley; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC, para el Ejercicio Presupuestal 2007 conforme al Formato que, como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado sea publicado en el SEACE habilitado por CONSUCODE y poner de conocimiento de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de aprobado. Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado en el artículo