Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2007 (11/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2007

Por el Frente: Colinda con el MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante una Linea recta A-A' de 5.00 Metros Lineales. Por la Derecha Entrando.- Colinda con el Lote B, mediante una Linea recta A'-D' de 30.00 Metros Lineales. Por la Izquierda Entrando: Colinda con Propiedad de Terceros, mediante una Linea recta D-A de 30.00 Metros Lineales. Por el Fondo.- Colinda con Propiedad de Terceros mediante una Linea recta D'-D de 5.00 Metros Lineales. LOTE B.- Con un area de 150.00 M2 encerrada dentro de los limites y medidas perimetricas siguientes: Por el Frente.- Colinda con el MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante una Linea recta A'-B de 5.00 Metros Lineales. Por la Derecha Entrando.- Colinda con Propiedad de Terceros mediante una Linea recta B-C de 30.00 Metros Lineales. Por la Izquierda Entrando: Colinda con Lote A, mediante una Linea recta D'-A' de 30.00 Metros Lineales. Por el Fondo: Colinda con Propiedad de Terceros mediante una Linea recta C-D' de 5.00 Metros Lineales. Articulo Segundo.- Las caracteristicas de los lotes resultantes figuran en los Planos adjuntos, y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion, debidamente visados. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano que estara a cargo del interesado, debiendo efectuarse en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario a partir de la fecha de su notificacion. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente Resolucion al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que efectue la revision para los aportes en el caso que corresponda y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para su inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA GAILLOUR RONCAGLIOLO Director Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA

25699-1

S/. 2,600.00 (dos mil seiscientos nuevos soles y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Ley Nº 28212 senala la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado y en su articulo 4º inciso "e" establece que los Alcaldes Provinciales y Distritales reciben una remuneracion mensual que es fijado por el Concejo Municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de (4 ¼) un MORDAZA URSP, S/11,050 (once mil cincuenta nuevos soles) por todo concepto; Que, con fecha 30 de diciembre del ano 2006 fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 0382006, el mismo que modifica la Ley Nº 28212 en sus articulos 1º y 5º orientando la aplicacion de la ley de manera adecuada y coherente y buscando establecer la suspension temporal de las disposiciones legales y administrativas que establecian sistemas de homologacion sistema de caracter vinculante entre entidades o por cargos publicos y mecanismos de referencia o sistema de indexacion; Que, la Ley Nº 28212 con respecto a las dietas a percibir por los senores regidores, referida a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, establecia en su articulo 5º inciso 1) que los regidores municipales reciben dietas, segun el monto que fije los respectivos Concejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar al (30%) de la remuneracion mensual del Alcalde; Que, el Decreto de Urgencia Nº 038-06, modifica el articulo 5º de la Ley Nº 28212, estableciendo en su articulo 5.2 que los consejeros regionales y los regidores municipales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos consejos regionales y concejos municipales de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el (30%) de la remuneracion del Presidente de Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en el articulo 12º dispone que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo del Concejo dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El Acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad y no pueden otorgarse mas de cuatro dietas mensuales a cada regidor. Las dietas se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones. ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco en S/. 9,900 .00 (nueve mil novecientos y 00/100 Nuevos Soles) sujeto a los descuentos de Ley. Articulo Segundo.- FIJAR el monto de la dieta de los senores Regidores en S/. 742.50 (setecientos cuarenta y dos Nuevos Soles con cincuenta centimos) por asistencia efectiva a cada sesion, sujeto a los descuentos de Ley. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el presente Acuerdo tiene vigencia a partir del mes de enero del 2007. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco, la publicacion del presente Acuerdo en cumplimiento estricto al art. 9º inciso 28) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. WILLYAM MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Fijan montos de remuneracion mensual de MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2007-HMPP
Cerro de Pasco, 6 de febrero del 2007 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 6 de febrero del 2007, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso a las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9º inciso 28) establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y en su articulo 44º establece que los Acuerdos sobre remuneracion del MORDAZA deben ser publicados; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 046-06 en su articulo 1º se establece la Unidad Remunerativa del Sector Publico - URPS, correspondiente para el ano 2007 en

25693-1

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de limpieza publica de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-HMPP
Cerro de Pasco, 6 de febrero del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 6 de febrero del presente ano, el Informe Nº 0024-SGLPDMA-HMPP de fecha 22 de

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