Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2007 (11/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339501

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto del Contrato de Fideicomiso de Administracion a suscribirse entre Concesion Canchaque S.A. y La Fiduciaria S.A. con intervencion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 064-2007-MTC/01
MORDAZA, 8 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 087-2004-EF de fecha 8 de septiembre de 2004 se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, de fecha 12 de agosto de 2004, en virtud del cual se establecio la entrega en concesion al sector privado del "Programa Costa - Sierra", bajo los mecanismos y procedimientos a que se refiere el Texto Unico Ordenado y su Reglamento aprobados por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, respectivamente, las cuales estaran a cargo de dicha entidad; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 106-2004EF del 5 de octubre de 2004 y la Resolucion Suprema Nº 050-2005-EF del 17 de marzo de 2005, se ratificaron los acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION en virtud del cual se aprobo y modifico el Plan de Promocion del Programa Costa MORDAZA, respectivamente; Que, por acuerdo de fecha 6 de diciembre de 2004, el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos aprobo las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesion al sector privado de los tramos Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque, los que a su vez fueron aprobadas por el Consejo Directivo de PROINVERSION en sesion de fecha 22 de diciembre de 2004; Que, por acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION de fecha 6 de agosto de 2006, se ratifico las modificaciones a la Version Final del referido Contrato de Concesion, las cuales fueron solicitadas por el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos; Que, en acto publico celebrado el 31 de octubre de 2006, PROINVERSION adjudico la Buena Pro del primer tramo del Programa Costa MORDAZA, Empalme 1B-Buenos Aires - Canchaque, al postor precalificado Grana & MORDAZA S.A.A., el cual ha constituido a la empresa Concesion Canchaque S.A.; Que, en virtud de lo establecido en la Seccion XX del Contrato de Concesion de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales: Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque, la empresa concesionaria se obliga a constituir un fideicomiso irrevocable de administracion, cuyo texto debera contar con la aprobacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, para efectos de la suscripcion del contrato de fideicomiso a que se refiere la Seccion XX del referido Contrato de Concesion, es conveniente que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participe como interviniente en el mismo; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto del Contrato de Fideicomiso de Administracion MORDAZA referido, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el texto del Contrato de Fideicomiso de Administracion a suscribirse entre Concesion Canchaque S.A y La Fiduciaria S.A., con la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba

el contrato a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion en calidad de interviniente. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

26131-1

Otorgan concesion a Empresa de Transportes Turismo Libertadores E.I.R.L. para prestar servicio de transporte interprovincial en la ruta Huancayo - Huancavelica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 7596-2006-MTC/15
MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 VISTOS: los expedientes de registros Nºs 2006027194, 2006-027194-A, 2006-027194-B y 2006-027194C, organizados por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO LIBERTADORES E.I.R.L., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo-Huancavelica y viceversa y renuncia a la habilitacion vehicular, el Informe Nº 6256-2006-MTC/15.02.2 y el Memorandum Nº 6651-2006-MTC/15.02, elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones y por la Direccion de Registros y Autorizaciones; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO LIBERTADORES E.I.R.L., -en adelante La Empresa, mediante el expediente de registro Nº 2006-027194 al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, ha solicitado las acciones administrativas siguientes: a) Concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Huancayo-Huancavelica y viceversa. Para el efecto, oferto las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs .VG-6873 (2001), UO-8658 (1996) y UO-5772 (1995) b) La renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placas de rodaje Nºs. UO-5772, UO-8658 y VG-6873 comprometidos en la concesion de rutas: Lima-Vilcas MORDAZA y Lima-Churcampa y viceversa, otorgadas con las Resoluciones Directorales Nºs. 1856 y 3058-99MTC/15.18. Que, el articulo 58º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, prescribe que la Direccion General de Circulacion Terrestre, otorgara concesion interprovincial para transporte interprovincial regular de personas de ambito nacional; Que, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones, en el Informe Nº 62562006-MTC/15.02.2 concluyo que la ruta: HuancayoHuancavelica y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta la Decima Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC; que La Empresa ha presentado la documentacion y requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y ha acreditado el cumplimiento de los requisitos tecnicos de idoneidad y las condiciones de seguridad y calidad establecidos en el acotado Reglamento para el otorgamiento de la nueva concesion de ruta mencionada con las unidades vehiculares de placas de rodaje Nºs. VG-6873, UO-8658 y UO-5772. Asimismo, refiere que la peticionaria ha cumplido con comunicar la conclusion de la habilitacion vehicular de las unidades senaladas de la concesion de rutas: Lima-Vilcas MORDAZA y Lima-Churcampa y viceversa, respectivamente;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.