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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de febrero de 2007 339655 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Dirección Nacional de Contabilidad Pública COMUNICADO Nº 002-2007-EF/93.01 PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN PARA LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA 2006 Se hace de conocimiento de los titulares de las entidades del Sector Público que la presentación de la información contable para la elaboración de la Cuenta General de la República del ejercicio 2006, vence indefectiblemente el 2 de abril de 2007 hasta las 10:00 p.m., en cumplimiento a lo establecido por el Art. 28º de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, concordante con lo dispuesto en el numeral 134.2 del artículo 134º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Las entidades gubernamentales y las empresas del Estado comprendidas en las Directivas Nº 02-2006- EF/93.01 y Nº 001-2007-EF/93.01 publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano” los días 04 y 26 de enero de 2007, respectivamente, prepararán y presentarán la información fi nanciera, presupuestaria y complementaria del ejercicio 2006, en estricta observancia a los lineamientos y formatos establecidos en las indicadas directivas. Se precisa que los Institutos Viales Provinciales Implementados, se encuentran comprendidos en el Alcance de la Directiva Nº 02-2006-EF/93.01 “Cierre contable y presentación de información para la elaboración de la Cuenta General de la República”, por lo que deben cumplir con las indicaciones dispuestas mediante el Comunicado Nº 001-2007-EF/93.01, publicado el 7 del presente. La fecha indicada en el primer párrafo comprende también a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE, y para los que tuvieran más de un Sub-CAFAE, deberán presentar información integrada al 30 de abril del presente año. Dichos comités presentarán información de acuerdo a los lineamientos y formatos establecidos en la Directiva Nº 002-2007-EF/93.01, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 26 de enero del presente ejercicio. Lima, 9 de febrero de 2007. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 26958-1Ley de Conciliación, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 021-2006-JUS y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar, a la asociación civil, CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Y ARBITRAJE SALVADOR, para funcionar como Centro de Conciliación, con la denominación, CENTRO DE CONCILIACIÓN SALVADOR, con sede en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO JAVIER GUTIERREZ ALVARADO Director de Conciliación Extrajudicialy Medios Alternativos de Solución de Con fl ictos 26581-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 036-2007-JUS Mediante O fi cio Nº 305-2007-JUS/SG, el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 036-2007-JUS, publicada en la edición del día 7 de febrero de 2007.En el artículo 2º de la parte Resolutiva: DICE: “Artículo 2°.- Encargar a la Asesoría Técnica la culminación del Proyecto de Ley del Consejo de Defensa Judicial del Estado, para su correspondiente aprobación y promulgación” DEBE DECIR: “Artículo 2°.- Encargar a la Asesoría Técnica la culminación del Proyecto de Ley del Consejo de Defensa Judicial del Estado, para su trámite correspondiente.” 26688-1 PRODUCE Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2007-PRODUCE Lima, 9 de febrero del 2007