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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339965 tejidos y demás soportes textiles con una capa exterior de caucho o plástico perceptible a simple vista; a los efectos de esta disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por las operaciones de obtención de esta capa exterior; b) la expresión cuero natural se re fi ere a los productos de las partidas 41.07 y 41.12 a 41.14. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 3 de este Capítulo: a) la materia de la parte superior será la que constituya la super fi cie mayor de recubrimiento exterior, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos; b) la materia constitutiva de la suela será aquella cuya super fi cie en contacto con el suelo sea la mayor, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras, clavos, protectores o dispositivos análogos. Nota de subpartida . 1. En las subpartidas 6402.12, 6402.19, 6403.12, 6403.19 y 6404.11, se entiende por calzado de deporte exclusivamente: a) el calzado concebido para la práctica de una actividad deportiva y que esté o pueda estar provisto de clavos, tacos (tapones), sujetadores, tiras o dispositivos similares; b) el calzado para patinar, esquiar, para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve), lucha, boxeo o ciclismo. Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. 64.01 Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera. 6401.10.00.00 - Calzado con puntera metálica de protección 20 - Los demás calzados: 6401.92.00.00 - - Que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla 206401.99.00.00 - - Los demás 20 64.02 Los demás calzados con suela y parte superior de caucho o plástico. - Calzado de deporte: 6402.12.00.00 - - Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve)20 6402.19.00.00 - - Los demás 20 6402.20.00.00 - Calzado con la parte superior de tiras o bridas fi jas a la suela por tetones (espigas)20 - Los demás calzados: 6402.91.00.00 - - Que cubran el tobillo 206402.99 - - Los demás:6402.99.10.00 - - - Con puntera metálica de protección 206402.99.90.00 - - - Los demás 20 64.03 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. - Calzado de deporte: 6403.12.00.00 - - Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para nieve)20 6403.19.00.00 - - Los demás 20 6403.20.00.00 - Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo20 6403.40.00.00 - Los demás calzados, con puntera metálica de protección20 - Los demás calzados, con suela de cuero natural: 6403.51.00.00 - - Que cubran el tobillo 206403.59.00.00 - - Los demás 20 - Los demás calzados: 6403.91 - - Que cubran el tobillo:6403.91.10.00 - - - Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección20 6403.91.90.00 - - - Los demás 20Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. 6403.99 - - Los demás: 6403.99.10.00 - - - Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección20 6403.99.90.00 - - - Los demás 20 64.04 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de materia textil. - Calzado con suela de caucho o plástico: 6404.11 - - Calzado de deporte; calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares: 6404.11.10.00 - - - Calzado de deporte 20 6404.11.20.00 - - - Calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares20 6404.19.00.00 - - Los demás 20 6404.20.00.00 - Calzado con suela de cuero natural o regenerado 20 64.05 Los demás calzados. 6405.10.00.00 - Con la parte superior de cuero natural o regenerado 20 6405.20.00.00 - Con la parte superior de materia textil 206405.90.00.00 - Los demás 20 64.06 Partes de calzado (incluidas las partes superiores fi jadas a las palmillas distintas de la suela); plantillas, taloneras y artículos similares, amovibles; polainas y artículos similares, y sus partes. 6406.10.00.00 - Partes superiores de calzado y sus partes, excepto los contrafuertes y punteras duras20 6406.20.00.00 - Suelas y tacones (tacos), de caucho o plástico 20 - Los demás: 6406.91.00.00 - - De madera 206406.99 - - De las demás materias:6406.99.30.00 - - - Plantillas 206406.99.90.00 - - - Los demás 20 Capítulo 65 Sombreros, demás tocados, y sus partes Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) los sombreros y demás tocados usados de la partida 63.09; b) los sombreros y demás tocados de amianto (asbesto) (partida 68.12); c) los sombreros y demás tocados que tengan el carácter de juguetes, tales como los sombreros para muñecas y los artículos para fi estas (Capítulo 95). 2. La partida 65.02 no comprende los cascos o formas confeccionados por costura, excepto los que se obtienen por unión de tiras simplemente cosidas en espiral. Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. 6501.00.00.00 Cascos sin ahormado ni per fi lado del ala, platos (discos) y cilindros aunque estén cortados en el sentido de la altura, de fi eltro, para sombreros.12 6502.00 Cascos para sombreros, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, sin ahormado ni perfi lado del ala y sin guarnecer. 6502.00.10.00 - De paja toquilla o de paja mocora 12 6502.00.90.00 - Los demás 12 [65.03] 6504.00.00.00 Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos.12 65.05 Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fi eltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas. 6505.10.00.00 - Redecillas para el cabello 12