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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339962 5. Las prendas de vestir susceptibles de clasi fi carse en la partida 62.10 y en otras partidas de este Capítulo, excepto en la partida 62.09, se clasi fi carán en la partida 62.10. 6. En la partida 62.11, se entiende por monos (overoles) y conjuntos de esquí , las prendas de vestir o surtidos de prendas de vestir que, por su aspecto general y su textura, sean identi fi cables como destinados principalmente para uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo). Se componen de: a) un mono (overol) de esquí , es decir, una prenda de una sola pieza que cubre la parte superior y la inferior del cuerpo; además de mangas y cuello, este artículo puede llevar bolsillos y trabillas; o b) un conjunto de esquí , es decir, un surtido de prendas de vestir que comprenda dos o tres prendas, acondicionado para la venta al por menor y compuesto por: - una sola prenda del tipo anorak, cazadora o artículo similar, con cierre de cremallera (cierre relámpago), eventualmente acompañada de un chaleco; y - un solo pantalón, aunque suba por encima de la cintura, un solo pantalón corto (calzón) o un solo pantalón con peto. El conjunto de esquí puede también estar compuesto por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado anteriormente y por una especie de chaqueta (saco) acolchada sin mangas que se viste sobre el mono (overol). Todos los componentes del conjunto de esquí deben estar confeccionados con una tela de la misma textura, estilo y composición, del mismo color o de colores distintos; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles. 7. Se asimilan a los pañuelos de bolsillo de la partida 62.13, los artículos de la partida 62.14 de los tipos pañuelos de cuello, de forma cuadrada o sensiblemente cuadrada, en los que ningún lado sea superior a 60 cm. Los pañuelos de bolsillo con uno de los lados de longitud superior a 60 cm se clasi fi carán en la partida 62.14. 8. Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se considerarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique mani fi estamente que ha sido concebida para uno u otro sexo. Las prendas que no sean identi fi cables, como prendas para hombres o niños o como prendas para mujeres o niñas, se clasi fi carán con estas últimas. 9. Los artículos de este Capítulo pueden confeccionarse con hilos de metal. Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. 62.01 Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 62.03. - Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares: 6201.11.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6201.12.00.00 - - De algodón 206201.13.00.00 - - De fi bras sintéticas o arti fi ciales 20 6201.19.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Los demás: 6201.91.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6201.92.00.00 - - De algodón 206201.93.00.00 - - De fi bras sintéticas o arti fi ciales 20 6201.99.00.00 - - De las demás materias textiles 20 62.02 Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. - Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares: 6202.11.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6202.12.00.00 - - De algodón 206202.13.00.00 - - De fi bras sintéticas o arti fi ciales 20 6202.19.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Los demás: 6202.91.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6202.92.00.00 - - De algodón 206202.93.00.00 - - De fi bras sintéticas o arti fi ciales 20 6202.99.00.00 - - De las demás materias textiles 20 62.03 Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para hombres o niños. - Trajes (ambos o ternos): 6203.11.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6203.12.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6203.19.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Conjuntos: 6203.22.00.00 - - De algodón 206203.23.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6203.29 - - De las demás materias textiles:6203.29.10.00 - - - De lana o pelo fi no 20 6203.29.90.00 - - - Los demás 20 - Chaquetas (sacos): 6203.31.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6203.32.00.00 - - De algodón 206203.33.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6203.39.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts: 6203.41.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6203.42 - - De algodón:6203.42.10 - - - De tejidos de mezclilla («denim»):6203.42.10.10 - - - - Pantalones largos y pantalones con peto 206203.42.10.20 - - - - Pantalones cortos (calzones) y shorts 206203.42.20 - - - De terciopelo rayado («corduroy»):6203.42.20.10 - - - - Pantalones largos y pantalones con peto 206203.42.20.20 - - - - Pantalones cortos (calzones) y shorts 206203.42.90 - - - Los demás:6203.42.90.10 - - - - Pantalones largos y pantalones con peto 206203.42.90.20 - - - - Pantalones cortos (calzones) y shorts 206203.43.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6203.49.00.00 - - De las demás materias textiles 20 62.04 Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para mujeres o niñas. - Trajes sastre: 6204.11.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.12.00.00 - - De algodón 206204.13.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.19.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Conjuntos: 6204.21.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.22.00.00 - - De algodón 206204.23.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.29.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Chaquetas (sacos): 6204.31.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.32.00.00 - - De algodón 206204.33.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.39.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Vestidos: 6204.41.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.42.00.00 - - De algodón 206204.43.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.44.00.00 - - De fi bras arti fi ciales 20 6204.49.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Faldas y faldas pantalón: 6204.51.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.52.00.00 - - De algodón 206204.53.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.59.00.00 - - De las demás materias textiles 20 - Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts: 6204.61.00.00 - - De lana o pelo fi no 20 6204.62.00.00 - - De algodón 206204.63.00.00 - - De fi bras sintéticas 20 6204.69.00.00 - - De las demás materias textiles 20 62.05 Camisas para hombres o niños. 6205.20.00.00 - De algodón 20 6205.30.00.00 - De fi bras sintéticas o arti fi ciales 20 6205.90 - De las demás materias textiles:6205.90.10.00 - - De lana o pelo fi no 20 6205.90.90.00 - - Los demás 20 62.06 Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas.