TEXTO PAGINA: 107
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 339969 Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. - Aparatos y artículos para usos químicos o demás usos técnicos: 6909.11.00.00 - - De porcelana 12 6909.12.00.00 - - Artículos con una dureza equivalente a 9 o superior en la escala de Mohs12 6909.19.00.00 - - Los demás 12 6909.90.00.00 - Los demás 12 69.10 Fregaderos (piletas de lavar), lavabos, pedestales de lavabo, bañeras, bidés, inodoros, cisternas (depósitos de agua) para inodoros, urinarios y aparatos fi jos similares, de cerámica, para usos sanitarios. 6910.10.00.00 - De porcelana 12 6910.90.00.00 - Los demás 12 69.11 Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de porcelana. 6911.10.00.00 - Artículos para el servicio de mesa o cocina 12 6911.90.00.00 - Los demás 12 6912.00.00.00 Vajilla y demás artículos de uso doméstico, higiene o tocador, de cerámica, excepto porcelana.12 69.13 Estatuillas y demás artículos para adorno, de cerámica. 6913.10.00.00 - De porcelana 12 6913.90.00.00 - Los demás 12 69.14 Las demás manufacturas de cerámica. 6914.10.00.00 - De porcelana 12 6914.90.00.00 - Las demás 12 Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Notas. 1. Este Capítulo no comprende: a) los artículos de la partida 32.07 (por ejemplo: composiciones vitri fi cables, frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas); b) los artículos del Capítulo 71 (por ejemplo: bisutería); c) los cables de fi bras ópticas de la partida 85.44, los aisladores eléctricos (partida 85.46) y las piezas aislantes de la partida 85.47; d) las fi bras ópticas, elementos de óptica trabajados ópticamente, jeringas, ojos arti fi ciales, así como termómetros, barómetros, areómetros, densímetros y demás artículos e instrumentos del Capítulo 90; e) los aparatos para alumbrado, los anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, así como sus partes, de la partida 94.05; f) los juegos, juguetes y accesorios para árboles de Navidad, así como los demás artículos del Capítulo 95, excepto los ojos sin mecanismo para muñecas o demás artículos del Capítulo 95; g) los botones, pulverizadores, termos y demás artículos del Capítulo 96. 2. En las partidas 70.03, 70.04 y 70.05: a) el vidrio elaborado antes del recocido no se considera trabajado ; b) el corte en cualquier forma no afecta la clasi fi cación del vidrio en placas u hojas; c) se entiende por capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante , la capa metálica o de compuestos químicos (por ejemplo: óxidos metálicos), de espesor microscópico que absorbe, en particular, los rayos infrarrojos o mejora las cualidades refl ectantes del vidrio sin impedir su transparencia o translucidez o que impide que la super fi cie del vidrio re fl eje la luz. 3. Los productos de la partida 70.06 permanecen clasi fi cados en dicha partida, aunque tengan ya el carácter de manufacturas. 4. En la partida 70.19 se entiende por lana de vidrio : a) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO 2) superior o igual al 60% en peso; b) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO2) inferior al 60% en peso, pero con un contenido de óxidos alcalinos (K 2O u Na2O) superior al 5% en peso o con un contenido de anhídrido bórico (B2O3) superior al 2% en peso. Las lanas minerales que no cumplan estas condiciones se clasi fi carán en la partida 68.06. 5. En la Nomenclatura, el cuarzo y demás sílices, fundidos, se consideran vidrio . Nota de subpartida.1. En las subpartidas 7013.22, 7013.33, 7013.41 y 7013.91, la expresión cristal al plomo sólo comprende el vidrio con un contenido de monóxido de plomo (PbO) superior o igual al 24% en peso. Código Designación de la Mercancía A/V A/V Adic. 7001.00 Desperdicios y desechos de vidrio; vidrio en masa. 7001.00.10.00 - Desperdicios y desechos 12 7001.00.30.00 - Vidrio en masa 12 70.02 Vidrio en bolas (excepto las microesferas de la partida 70.18), barras, varillas o tubos, sin trabajar. 7002.10.00.00 - Bolas 0 7002.20.00.00 - Barras o varillas 0 - Tubos: 7002.31.00.00 - - De cuarzo o demás sílices fundidos 07002.32.00.00 - - De otro vidrio con un coe fi ciente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10 -6 por Kelvin, entre 0°C y 300°C0 7002.39.00.00 - - Los demás 0 70.03 Vidrio colado o laminado, en placas, hojas o perfi les, incluso con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante, pero sin trabajar de otro modo. - Placas y hojas, sin armar: 7003.12 - - Coloreadas en la masa, opaci fi cadas, chapadas o con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante: 7003.12.10.00 - - - Lisas 0 7003.12.20.00 - - - Estriadas, onduladas, estampadas o similares 07003.19 - - Las demás:7003.19.10.00 - - - Lisas 07003.19.20.00 - - - Estriadas, onduladas, estampadas o similares 07003.20.00.00 - Placas y hojas, armadas 0 7003.30.00.00 - Per fi les 0 70.04 Vidrio estirado o soplado, en hojas, incluso con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante, pero sin trabajar de otro modo. 7004.20.00 - Vidrio coloreado en la masa, opaci fi cado, chapado o con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante: 7004.20.00.10 - - De espesor inferior o igual a 6 mm 0 7004.20.00.90 - - Los demás 07004.90.00 - Los demás vidrios:7004.90.00. 20 - - De espesor inferior o igual a 6 mm 0 7004.90.00.90 - - Los demás 0 70.05 Vidrio fl otado y vidrio desbastado o pulido por una o las dos caras, en placas u hojas, incluso con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante, pero sin trabajar de otro modo. 7005.10.00.00 - Vidrio sin armar con capa absorbente, re fl ectante o antirre fl ectante12 - Los demás vidrios sin armar: 7005.21 - - Coloreados en la masa, opaci fi cados, chapados o simplemente desbastados: - - - De espesor inferior o igual a 6 mm: 7005.21.11.00 - - - - Flotado 0