Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2007 (18/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 179

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previa las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarse mas de cuatro dietas mensuales a cada Regidor. Las dietas se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 27972, senala que el MORDAZA Distrital, desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que la fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad; Que, el monto mensual de la remuneracion del MORDAZA es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; la misma que anualmente podra ser incrementada con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y economicas propias de su remuneracion; Que, teniendo en cuenta la aplicacion de una politica de austeridad y encontrandose la Municipalidad Distrital de Independencia en una dificil situacion economica, los citados montos deben responder a la real situacion financiera de la corporacion y adecuarse a la legislacion vigente; Que asimismo, la Ley Nº 28212, que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la Jerarquia de Remuneraciones de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado, en el inciso e) del articulo 4º dispone que los Alcaldes Provinciales y Distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA (4 1/4) URSP, por todo concepto; Que, el inciso 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 28212 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 del 30 de diciembre del 2006, senala que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben unicamente Dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, de conformidad con lo que dispone sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM de fecha 31 de MORDAZA del 2006, fija en la suma de S/. 2,600.00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico (URSP) correspondiente al ano 2007; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 028- 2006 - MDI de fecha 28 de agosto de 2006 se ratifico como compensacion mensual del MORDAZA Distrital de Independencia, el monto de S/.9,600.00(NUEVE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y se fijo el monto mensual total de la dieta de los senores Regidores hasta el mes de diciembre de 2006, en la suma de S/.2,880.00(DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), equivalente al 30% de la remuneracion del senor MORDAZA, abonandose la suma de S/.1,440.00 (MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes. Por lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los miembros del Concejo Distrital de Independencia, previo analisis y deliberacion, por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta. ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR la remuneracion del MORDAZA de Independencia en la suma de S/. 9,600.00 (NUEVE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES) mensuales conforme a los considerandos del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- RATIFICAR la Dieta de los Regidores del Concejo Distrital de Independencia en la suma equivalente a "S/. 2,880.00" (DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), equivalente al 30% de la remuneracion del senor MORDAZA, abonandose la suma de S/. 1,440.00 (UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por asistencia efectiva a cada sesion de concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes.

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion de Recursos y Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, el cumplimiento del presente acuerdo y acciones correspondientes con arreglo a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA

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Declaran en situacion de desabastecimiento inminente los servicios de recojo y traslado de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2007-MDI
Independencia, 9 de febrero de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA: VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha los Informes Nºs. 001 y 003-2007-MDI/GGASP-G, emitidos por la Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios Publicos, Memorando Nº 027-2007-OPPR/MDI, de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, Informe Nº 053-2007-ULGAR-MDI de la Unidad de Logistica e Informe Nº 035-2007UAL/MDI emitido por la Unidad de Asesoria Legal, sobre Declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente por Sesenta (60) dias calendarios, el Servicio de Limpieza Publica de la Municipalidad Distrital de Independencia; CONSIDERANDO: Que las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria Juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y concordante con el Art. II, del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante los Informes de visto, la Gerencia de Gestion Ambiental y Servicios Publicos hace de conocimiento la actual situacion extraordinaria e imprevisible del Servicio de Limpieza Publica que viene ocasionando la ausencia de recursos y flota vehicular, poniendo en peligro la salud de los vecinos, indicando que diariamente se generan 140 TM de Residuos Solidos en promedio y que la mayoria de la flota vehicular recibida de la administracion anterior se encuentra inoperativa y que con los vehiculos operativos solo podriamos recolectar 80 TM diarias, lo que significa que dejariamos de recoger 60TM diarias, detallando la problematica de los residuos solidos encontrada en el distrito por la actual gestion, en los terminos contenidos en los citados informes. Solicitando con caracter de MUY URGENTE, disponer la reparacion de nuestra flota de servicio de Limpieza, actualmente fuera de servicio y gestionar la Declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente, los servicios de recoleccion, transporte y disposicion final de los residuos solidos en el Distrito de Independencia; Que, con Informe Nº 053-2007-UL-GAR-MDI la Unidad de Logistica indica que las unidades vehiculares de la institucion que se encuentran inoperativas, no permiten el normal funcionamiento del recojo y traslado de los residuos solidos, ocasionando acumulacion de Basura en distintos puntos del distrito, toda vez que resultan insuficientes las actuales unidades vehiculares operativas. Que, el alquiler de unidades vehiculares para el recojo y traslado de 4,230 TM de residuos solidos en el distrito de Independencia por un periodo de 60 dias asciende a S/. 237,600.00 (Doscientos treinta y siete mil seiscientos y 00/100 nuevos soles), lo que conllevaria a realizar un MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, cuyo tiempo de ejecucion es de 15 a 20 dias habiles aproximadamente; Que mediante Informe Nº 035-2007-UAL/MDI la Unidad de Asesoria Legal senala que de la revision del Informe Tecnico se aprecia indubitablemente que en el caso de Limpieza Publica se ha configurado y acreditado los

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