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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de febrero de 2007 ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APRUÉBASE la ampliación de los alcances del FORCAT creado por la Ordenanza Regional Nº 006-2003-GR.LAMBPR, al servicio de transporte interprovincial de ÁMBITO REGIONAL. Artículo Segundo.- HÁGASE de conocimiento la presente disposición regional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque, así como de las instancias correspondientes, para su fi el cumplimiento. POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 28169-4 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza que aprobó inclusión de derechos de trámite por procedimientos referentes a la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad de Jesús María ACUERDO DE CONCEJO Nº 011 Lima, 6 de febrero del 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1 de febrero del año 2007, el O fi cio Nº 001-090-00003905 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria –SAT, adjuntando el expediente sobre rati fi cación de la Ordenanza Nº 198-MJM, que aprueba la inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos relacionados con la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Jesús María; CONSIDERANDO:Que, los artículos Nºs. 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la rati fi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la rati fi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe Nº 004--082-000000598, que procede la rati fi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa.De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 011-2007-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ:Artículo Primero.- Rati fi car la Ordenanza Nº 198- MJM, que aprueba la inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos relacionados con la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Jesús María, correspondiente a un total de 5 derechos sobre los procedimientos de “licencia de obra por etapas”, “autenticación de planos de obra”, “duplicado de certi fi cado de numeración” y “subdivisión de lote sin cambio de uso y sin obras complementarias”, dado que han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como de la Ordenanza Nº 198-MJM y del Anexo que contiene el listado de los derechos por los procedimientos administrativos que brindará dicha comuna. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 27980-1 Ratifican Ordenanza que fija montos por derecho de emisión de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios en el distrito de Jesús María para el ejercicio 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 018 Lima, 12 de febrero del 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de febrero del año en curso el O fi cio Nº 001-090-00003921 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 215-MJM que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de Jesús María correspondiente al ejercicio 2007. CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la rati fi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima.340036