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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de febrero de 2007 340078 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 264-2006- VIVIENDA, de fecha 8 de setiembre de 2006, se designó a la Dra. Patricia del Pilar Espichán Cuadros en el cargo de Secretaría General del INADE; Que la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo, siendo necesario aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo – Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 - “Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos” y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia de la Dra. Patricia del Pilar Espichán Cuadros, como Secretaria General del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 28723-5 Designan Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2007-AG Lima, 19 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2007- AG de fecha 30 de enero de 2007, se designó al señor Oscar Gustavo Montero Flores en el cargo de Secretario General del Ministerio de Agricultura; Que el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo, siendo necesario aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo – Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura - Decreto Ley Nº 25902, la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos – Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del Sr. Oscar Gustavo Montero Flores, como Secretario General del Ministerio de Agricultura agradeciéndole por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la Dra. PATRICIA DEL PILAR ESPICHÁN CUADROS, como Secretaria General del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 28723-6 Constituyen el “Centro de Capacitación de Guardaparques” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042 -2007-INRENA Lima, 15 de febrero de 2007 VISTO:El Informe N° 043-2007-INRENA-IANP/DPANP, de fecha 9 de febrero de 2007, emitido por la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 19º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, modi fi cada mediante Ley Nº 26822, el Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA es el organismo encargado, entre otras funciones, de la capacitación de profesionales y técnicos especializados en la conservación del ambiente y los recursos naturales – ECOGUARDAS; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 34º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, corresponde al Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA promover la capacitación y actualización del personal del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE, así como fomentar la formación de Guardaparques, cuya capacitación formal deberá implementarse a través de un Programa Nacional de Capacitación, que incluya el establecimiento en lo posible de una Escuela de Guardaparques, acciones para las cuales se encuentra autorizado a gestionar el fi nanciamiento correspondiente conforme lo establece al artículo 2º de la Ley Nº 26822; Que, las actividades de capacitación tienen una alta prioridad en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE por constituir un instrumento estratégico para lograr la e fi ciencia en la gestión, conducción y administración de las áreas naturales protegidas, al permitir la formación, perfeccionamiento y especialización del personal, a fi n de que éste responda en forma e fi ciente, e fi caz y oportuna a las demandas de los diferentes programas de manejo de las citadas áreas, conforme lo contempla el actual Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG; Que, los artículos 8º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas – Ley Nº 26834 y 6º de su Reglamento, disponen que el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA además de las funciones señaladas en su ley de creación tiene, entre otras, la de proponer la normatividad requerida para la gestión y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas, así como la de aprobar las normas administrativas necesarias afi n de lograr el objetivo mencionado; Que, igualmente el artículo 23º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, precisa que es la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas, actual Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, el órgano encargado de proponer políticas, planes y normas para la adecuada gestión del Sistema de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE; Que, mediante el Informe del visto la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas ha recomendado se constituya un Centro de Capacitación de Guardaparques con la fi nalidad de capacitarlos, actualizarlos, especializarlos y formarlos, el mismo que se propone se encuentre adscrito a la referida Intendencia por ser ésta la encargada de conducir la gestión del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -SINANPE; En uso de las facultades previstas en el artículo 8°, inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2003-AG, modi fi cado por los Decretos Supremos Nºs. 018-2003-AG y 004-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Constituir el “CENTRO DE CAPACITACIÓN DE GUARDAPARQUES” con la fi nalidad de promover la capacitación y actualización del personal Guardaparque del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado-SINANPE, así como fomentar su formación. Artículo 2°.- Encargar a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas la dirección y conducción del “Centro de Capacitación de Guardaparque”, así como la aprobación mediante Resolución de Intendencia y dentro de los 30 días útiles siguientes a la publicación de la presente resolución, el Reglamento de Funcionamiento del mencionado Centro. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 28728-1