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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de febrero de 2007 340090 Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima, O fi cina Distrital de la Control de la Magistratura de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 28740-1 Disponen traslado de Juez Titular del Juzgado Mixto de Caravelí a una plaza vacante de igual jerarquía y especialidad de la ciudad de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 027-2007-CE-PJ Lima, 31 de enero del 2007 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Jorge Luis Pinto Flores, Juez titular del Juzgado Mixto de Caravelí, Distrito Judicial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Jorge Luis Pinto Flores, Juez titular del Juzgado Mixto de Caravelí del Distrito Judicial de Arequipa, a una plaza de igual jerarquía y especialidad en la ciudad de Arequipa del citado Distrito Judicial; se sustenta en que adolece de rinofaringitis crónica, así como de exacerbaciones de cuadro clínico, con complicación de sensación de falta de aire y marcada di fi cultad respiratoria, presentando problemas para respirar con predominio nocturno que se exacerba con el esfuerzo, con eliminación de expectoración y secreción nasal abundante; haciendo de conocimiento que también ha presentado episodios de asma, por lo que utiliza inhaladores, y se le sugiere que no se exponga a cambios bruscos de temperatura, debiendo ser evaluado por las especialidades de neumología y otorrinolaringología para tratamiento de fi nitivo, todo ello, conforme aparece del informe médico de fecha 12 de octubre del 2006 expedido por la Posta Médica de Acarí, que obra a fojas 19; Que, de igual modo, obra a fojas 20, el informe expedido por la Posta Médica de Chala, su fecha 26 de octubre del 2006 en el que se re fi ere que el magistrado recurrente padece de rinofaringitis crónica, observándose di fi cultad respiratoria, dolor de garganta, tos y secreciones, recomendándosele no realizar cambios bruscos de temperatura, y solicitándosele evaluación por otorrinolaringología; asimismo, aparece a fojas 21 el informe médico emitido por el Jefe de la Posta Médica de Caravelí, en la que se deja constancia que el señor Jorge Luis Pinto Flores ha acudido a consulta médica por cuadros respiratorios a repetición presentados en vías respiratorias altas y bajas, con presencia de complicaciones de etiología alérgica observándose cuadros de bronquitis asmatiforme (asma) así como rinitis alérgica, utilizando como tratamiento antihistamínicos y en muchos casos antibióticos y antiin fl amatorios; precisándose que tiene como antecedentes de importancia una operación en fosas nasales por hipertro fi a de cornetes y desviación de tabique nasal; concluyéndose que por el cuadro respiratorio crónico que presenta requiere control continuo especializado por la especialidad de neumología en un centro de mayor complejidad como el que existe en la ciudad de Arequipa; Que, a fojas 35 obra el informe médico expedido por el Director, el Médico Especialista Otorrinolaringólogo y la Asistenta Social, del Hospital I Edmundo Escomel de la ciudad de Arequipa, por el que se le diagnostica rinitis alérgica, fi gurando dentro de sus antecedentes haber sido intervenido quirúrgicamente los años 2002 y 2003, habiéndosele realizado una septoplastía y turbinoplastía; diagnosticándosele de acuerdo al último control médico que se le ha realizado que padece de rinitis alérgica, rinofaringitis crónica y sinequia en fosa nasal izquierda, razón por la que se le tendrá que practicar una nueva cirugía para liberar la sinequia, debiendo seguir con el tratamiento respetivo por su problema alérgico; recomendándosele fi nalmente el cambio de ubicación de su lugar de trabajo debido a que el clima de la costa empeora su problema de salud; Que, a fojas 37 y 38, obran nuevos informes médicos de las Postas Médicas de Acarí y de Chala, respectivamente, de fecha 22 de diciembre del 2006, en los que se consigna en ambos casos diagnóstico de exacerbaciones de cuadro clínico, con complicación de sensación de falta de aire y marcada di fi cultad respiratoria, recomendándosele no exponerse a cambios bruscos de temperatura, y evaluación por especialidades de neumología y otorrinolaringología para tratamiento de fi nitivo; Que, asimismo, obra en los presentes actuados, el Informe Social N° 38-2006-MOP, expedido por la Asistenta Social de la citada Corte Superior de Justicia en el que se hace una descripción de la composición familiar, situación sociofamiliar y situación de salud del magistrado en mención, concluyendo que de conformidad con los informes médicos aportados, sufre de un cuadro asmático que requiere para su recuperación atención especializada que no existe en la zona donde cumple funciones jurisdiccionales, tanto más si se considera que el clima de la zona en la que labora perjudica su salud; Que, siendo esto así, fl uye del análisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas por el señor Jorge Luis Pinto Flores, a que se refi ere el artículo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, por lo que es del caso acceder a su solicitud; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Jorge Luis Pinto Flores, Juez titular del Juzgado Mixto de Caravelí, Distrito Judicial de Arequipa; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía y especialidad de la ciudad de Arequipa, del mismo Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento yfi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 28740-2