Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2007 (20/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

340094

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de febrero de 2007

Que, asimismo, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 43773042 obtuvo irregularmente la Inscripcion Nº 10132400, a nombre de su hermano, el ciudadano MORDAZA MORDAZA Rosales; posteriormente, dicho ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, admitio mediante Declaracion Jurada haber obtenido irregularmente la referida Inscripcion, lo que se encuentra corroborado con el Informe pericial practicado a las inscripciones detalladas precedentemente, en el que se concluye que las imagenes registradas en las mencionadas inscripciones corresponden a la misma persona biologica; por lo que se ha ordenado la cancelacion de la Inscripcion Nº 10132400; Que, si bien se ha procedido administrativamente, al haberse cancelado y excluido definitivamente las Inscripciones Nºs. 31181956 y 10132400 del Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales y, en consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, se desprende que el comportamiento realizado por las personas MORDAZA mencionadas, al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de obtener una inscripcion o suplantar la identidad de ciudadano no inscrito, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente, siendo necesario perseguirse penalmente en resguardo de la seguridad juridica registral; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ROSALES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra la persona que se identifica como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 28716-5

VISTO: El Oficio Nº 000561-2007-GOR/RENIEC emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio Nº 000286-2007-GPP/RENIEC emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 000252-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, entre otros, de emitir los documentos que acreditan su identidad; Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 26º de la Ley Nº 26497, el Documento Nacional de Identidad es publico, personal e intransferible; constituye la unica cedula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; constituye tambien el unico titulo de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que, mediante Ley Nº 28707, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA del 2006, se crea el distrito de Canoas de Punta Sal en la provincia Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes; Que, a traves de la Ley Nº 28753, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 6 de junio del 2006, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial de la provincia MORDAZA Portillo en el departamento de Ucayali, se crea el distrito de Manantay; Que, conforme se establece en el articulo 4º de la Ley Nº 26864, de Elecciones Municipales, la convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias se efectua dentro de los noventa (90) dias naturales siguientes a la instalacion de los Concejos Municipales y se realizan el primer MORDAZA del mes de MORDAZA del ano en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales; Que, previo a llevarse a cabo el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias las 39.000 personas aproximadamente de los nuevos distritos de Canoas de Punta Sal de la provincia de Contralmirante MORDAZA del departamento de Tumbes y de Manantay de la provincia de MORDAZA Portillo del departamento de Ucayali, deben contar con su DNI, conteniendo sus nuevos codigos de ubicacion geografica "ubigeo"; Que, con el objeto de facilitar el derecho al sufragio de los ciudadanos residentes y siendo politica institucional priorizar la atencion de los sectores menos favorecidos, resulta conveniente otorgar los Documentos de Identidad; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, y conforme las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2007JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo 1º .- Aprobar la la MORDAZA de entrega gratuita de DNI conteniendo sus nuevos codigos de ubicacion geografica "ubigeo" por Treinta y Nueve Mil (39.000) DNI a la poblacion electoral de los nuevos distritos de Canoas de Punta Sal y de Manantay, cuyo financiamiento sera cubierto por la fuente de Recursos Ordinarios Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales, Gerencia de Procesamiento y Depuracion Registral y de Informatica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 28716-1

Aprueban MORDAZA de entrega gratuita de DNI a poblacion electoral de los nuevos distritos de Canoas de Punta Sal y de Manantay
RESOLUCION JEFATURAL Nº 091-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 16 de febrero de 2007

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.