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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (20/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de febrero de 2007 340082 ECONOMIA Y FINANZAS Designan al Despacho del Viceministro de Economía como el órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación e Inversiones del Sector Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 072-2007-EF/43 Lima, 16 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.2 del artículo 3º de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nº 27293, modi fi cado por la Ley Nº 28802, establece que las O fi cinas de Programación e Inversiones, o las que hagan sus veces, en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local, así como las Unidades Formuladoras y Ejecutoras conforman el Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 28802 señala que el Ministro o la máxima autoridad ejecutiva en cada Sector, el Presidente Regional o el Alcalde, según corresponda, constituye el Órgano Resolutivo; Que, el literal c. del numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, establece que al Órgano Resolutivo le corresponde designar al órgano encargado de realizar las funciones de la O fi cina de Programación e Inversiones en su Sector, Gobierno Regional o Local e informar a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público la designación del funcionario responsable, el mismo que deberá cumplir con el per fi l profesional que apruebe dicha Dirección, bajo responsabilidad; Que, en consecuencia es necesario designar al órgano encargado de realizar las funciones de la O fi cina de Programación e Inversiones del Sector Economía y Finanzas e informar la designación del funcionario Responsable de la mencionada O fi cina ante la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público como ente técnico rector del Sistema Nacional de Inversión Pública; De conformidad con lo establecido en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Despacho del Viceministro de Economía como el órgano encargado de realizar las funciones de la O fi cina de Programación e Inversiones del Sector Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Informar a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas como ente técnico rector del Sistema Nacional de Inversión Pública la designación del señor Diego Alejandro Arrieta Elguera como Responsable de la O fi cina de Programación e Inversiones del Sector Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 28712-1 EDUCACION Crean la Beca “Haya de la Torre”, a la que podrán acceder jóvenes de escasos recursos económicos egresados de universidades públicas o privadas DECRETO SUPREMO Nº 008-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14º de la Constitución Política, es deber del Estado promover el desarrollo cientí fi co y tecnológico del país; Que, es necesario facilitar el acceso a los estudios de Maestría para los jóvenes profesionales con el mayor rendimiento académico acreditado y de escasos recursos económicos; Que, para tal efecto, el Gobierno considera conveniente la creación de una beca concursable que haga posible que los referidos jóvenes profesionales puedan profundizar y perfeccionar sus estudios universitarios, en materias cientí fi cas y tecnológicas consideradas prioritarias para el desarrollo del país, como la investigación agraria, el procesamiento metalúrgico, la genética, la ingeniería de sistemas, entre otras; Que, los bene fi ciarios de la mencionada beca, retribuirán la inversión que el Estado efectuará en su formación profesional mediante la suscripción de un “Compromiso de Servicio al País”, por el cual, al culminar sus respectivos estudios de maestría, se comprometen a prestar servicios en la administración pública por un mínimo de cuatro años; Que, de esta manera, el Estado no sólo contribuirá activamente en el perfeccionamiento y la especialización de la educación de los mejores y más destacados alumnos de escasos recursos de las universidades del país, sino que además se bene fi ciará con la incorporación de los mismos dentro de la administración pública, lo cual elevará notoriamente el nivel profesional de sus servidores, en bene fi cio del país; Que, en mérito a lo anteriormente señalado, es pertinente crear la Beca “Haya de la Torre”, en memoria de uno de los peruanos más ilustres del Siglo XX; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Creación de la Beca “Haya de la Torre” Créase la Beca “Haya de la Torre”, a la que podrán acceder los jóvenes de escasos recursos económicos comprendidos entre los 21 y 29 años de edad que hayan egresado de una universidad pública o privada y que cuenten con el grado académico de bachiller, destinada a fi nanciar estudios de maestría hasta por el plazo de 2 años, en universidades peruanas y en materias consideradas prioritarias para el desarrollo cientí fi co y tecnológico del país. Artículo 2º.- Requisitos Los jóvenes profesionales que deseen postular a la Beca “Haya de la Torre”, deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1.- Tener entre 21 y 29 años de edad. 2.- Contar con el grado universitario de bachiller.3.- Haber pertenecido al quinto superior en rendimiento académico en sus estudios universitarios. 4.- Carecer de recursos económicos para sufragar el costo de una maestría en materias cientí fi cas y tecnológicas. Artículo 3º.- Concurso Público Las solicitudes para postular a la referida Beca serán presentadas ante el Ministerio de Educación y evaluadas por el Comité de Selección designado mediante Resolución Ministerial Nº 444-2006-PCM. Artículo 4º.- Compromiso de servicio al país Los jóvenes profesionales que resulten bene fi ciados con la Beca “Haya de la Torre” suscribirán un “Compromiso de Servicio al País” con el Ministerio de Educación, por el cual, al culminar sus respectivos estudios de maestría, se comprometen a prestar servicios en la administración pública por un mínimo de cuatro años. Para tal efecto, contarán con una boni fi cación especial equivalente al cincuenta por ciento (50%) sobre el puntaje fi nal obtenido en los concursos públicos de méritos en los que participen para acceder a una plaza en la administración pública. En caso contrario, deberán devolver el importe de la beca