Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2007 (20/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

340082

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 20 de febrero de 2007

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan al Despacho del Viceministro de Economia como el organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector Economia y Finanzas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 072-2007-EF/43 MORDAZA, 16 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.2 del articulo 3º de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293, modificado por la Ley Nº 28802, establece que las Oficinas de Programacion e Inversiones, o las que MORDAZA sus veces, en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local, asi como las Unidades Formuladoras y Ejecutoras conforman el Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 28802 senala que el Ministro o la MORDAZA autoridad ejecutiva en cada Sector, el Presidente Regional o el MORDAZA, segun corresponda, constituye el Organo Resolutivo; Que, el literal c. del numeral 6.1 del articulo 6º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, establece que al Organo Resolutivo le corresponde designar al organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones en su Sector, Gobierno Regional o Local e informar a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico la designacion del funcionario responsable, el mismo que debera cumplir con el perfil profesional que apruebe dicha Direccion, bajo responsabilidad; Que, en consecuencia es necesario designar al organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector Economia y Finanzas e informar la designacion del funcionario Responsable de la mencionada Oficina ante la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico como ente tecnico rector del Sistema Nacional de Inversion Publica; De conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Despacho del Viceministro de Economia como el organo encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector Economia y Finanzas. Articulo 2º.- Informar a la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas como ente tecnico rector del Sistema Nacional de Inversion Publica la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Responsable de la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 28712-1

Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 14º de la Constitucion Politica, es deber del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del pais; Que, es necesario facilitar el acceso a los estudios de Maestria para los jovenes profesionales con el mayor rendimiento academico acreditado y de escasos recursos economicos; Que, para tal efecto, el Gobierno considera conveniente la creacion de una beca concursable que haga posible que los referidos jovenes profesionales puedan profundizar y perfeccionar sus estudios universitarios, en materias cientificas y tecnologicas consideradas prioritarias para el desarrollo del MORDAZA, como la investigacion agraria, el procesamiento metalurgico, la genetica, la ingenieria de sistemas, entre otras; Que, los beneficiarios de la mencionada beca, retribuiran la inversion que el Estado efectuara en su formacion profesional mediante la suscripcion de un "Compromiso de Servicio al Pais", por el cual, al culminar sus respectivos estudios de maestria, se comprometen a prestar servicios en la administracion publica por un minimo de cuatro anos; Que, de esta manera, el Estado no solo contribuira activamente en el perfeccionamiento y la especializacion de la educacion de los mejores y mas destacados alumnos de escasos recursos de las universidades del MORDAZA, sino que ademas se beneficiara con la incorporacion de los mismos dentro de la administracion publica, lo cual elevara notoriamente el nivel profesional de sus servidores, en beneficio del pais; Que, en merito a lo anteriormente senalado, es pertinente crear la Beca "Haya de la Torre", en memoria de uno de los peruanos mas ilustres del Siglo XX; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Creacion de la Beca "Haya de la Torre" Crease la Beca "Haya de la Torre", a la que podran acceder los jovenes de escasos recursos economicos comprendidos entre los 21 y 29 anos de edad que hayan egresado de una universidad publica o privada y que cuenten con el grado academico de bachiller, destinada a financiar estudios de maestria hasta por el plazo de 2 anos, en universidades peruanas y en materias consideradas prioritarias para el desarrollo cientifico y tecnologico del pais. Articulo 2º.- Requisitos Los jovenes profesionales que deseen postular a la Beca "Haya de la Torre", deberan acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1.- Tener entre 21 y 29 anos de edad. 2.- Contar con el grado universitario de bachiller. 3.- Haber pertenecido al MORDAZA superior en rendimiento academico en sus estudios universitarios. 4.- Carecer de recursos economicos para sufragar el costo de una maestria en materias cientificas y tecnologicas. Articulo 3º.- Concurso Publico Las solicitudes para postular a la referida Beca seran presentadas ante el Ministerio de Educacion y evaluadas por el Comite de Seleccion designado mediante Resolucion Ministerial Nº 444-2006-PCM. Articulo 4º.- Compromiso de servicio al MORDAZA Los jovenes profesionales que resulten beneficiados con la Beca "Haya de la Torre" suscribiran un "Compromiso de Servicio al Pais" con el Ministerio de Educacion, por el cual, al culminar sus respectivos estudios de maestria, se comprometen a prestar servicios en la administracion publica por un minimo de cuatro anos. Para tal efecto, contaran con una bonificacion especial equivalente al cincuenta por ciento (50%) sobre el puntaje final obtenido en los concursos publicos de meritos en los que participen para acceder a una plaza en la administracion publica. En caso contrario, deberan devolver el importe de la beca

EDUCACION
Crean la Beca "Haya de la Torre", a la que podran acceder jovenes de escasos recursos economicos egresados de universidades publicas o privadas
DECRETO SUPREMO Nº 008-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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