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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2007 (06/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348575 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Convocan a Concurso Público de Méritos para designar a Ejecutores y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad RESOLUCION N° 0140-2007-ALC/MDLV La Victoria, 15 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 079- 2007/MDLV de fecha 11 de junio de 2007, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de junio de 2007, se dispone imponer la sanción de destitución a los señores Eliseo Paúl Rodríguez Egoavil, Gilber Alvarado Delgado, Julio Orejuela Flores, Luis Juanito Montes, David Canto Corrales, Carlos Zambrano Aranda y Alex Sánchez Saldarriaga, por faltas administrativas disciplinarias contemplados en el artículo 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones; Que, dada la situación que se presenta, resulta necesario contar con Ejecutores y Auxiliares Coactivos a fi n suplir las funciones que desempeñaban los Ejecutores y Auxiliares Coactivos señalados en el párrafo anterior, dada la carga administrativa y procesal que se presenta en la Gerencia de Ejecución Coactiva; Que, el artículo 7º numeral 7.1 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva – Ley Nº 26979 señala que, la designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, es necesario precisar que mediante Ley Nº 27204, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 26 de noviembre de 1999, se precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de con fi anza, señalando taxativamente en el Artículo Primero lo siguiente: “Precísase que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza”; Que, en tal sentido, en mérito de las consideraciones expuestas y en cumplimiento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, es necesario convocar a un Concurso Público de Méritos de dos (2) Ejecutores Coactivos y dos (2) Auxiliares Coactivos, en función a la necesidad y disponibilidad de la Municipalidad; Que, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad, y su máxima autoridad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Estando a lo anteriormente señalado y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 6º y 17º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a Concurso Público de Méritos para designar a dos (2) Ejecutores Coactivos y dos (2) Auxiliares Coactivos para la Municipalidad de La Victoria. Artículo Segundo.- Aprobar las Bases del Concurso Público de Méritos para los Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad de La Victoria, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Designar la Comisión de Evaluación del Concurso Público de Méritos, que estará integrada de la manera siguiente: - Gerente de Ejecución Coactiva.- Gerente de Administración. - Subgerente de Personal. Artículo Cuarto.- La Comisión designada se encargará de realizar la evaluación de los postulantes, así como el respectivo cuadro de méritos. Artículo Quinto: El cronograma de actividades estará establecido en las Bases del presente Concurso Público de Méritos. Artículo Sexto.- Encargar a la Comisión designada, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 79582-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Expresan saludo y homenaje al Maestro Peruano ACUERDO Nº 000117 Callao, 29 de junio de 2007El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 29 de junio del 2007, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y, a la petición formulada por el regidor provincial Fernando Trigoso Alca, en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; y CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 10° inciso 2, establece que a los regidores corresponde la atribución de formular pedidos y mociones de Orden del Día; Que, el 6 de julio es una de las fechas más signi fi cativas del calendario cívico escolar pues se rinde merecido homenaje al maestro peruano, formador de la niñez y la juventud que, en el futuro, dirigirán los destinos del país y en Perú el reconocer a quienes han formado a la niñez, a la juventud y a la colectividad es una costumbre que data desde el Tahuantinsuyo en el que se rendía homenaje y se les hacía objeto de respeto y veneración a los amautas o sabios y a los camayocs o maestros de los tiempos incaicos; Que, el Gobierno Central escogió el 6 de julio como el Día del Maestro debido a que el General don José de San Martín fundó la primera Escuela Normal de Varones el 6 de julio de 1822 y en el gobierno de Manuel A. Odria o fi cializó, mediante decreto supremo del 4 de mayo de 1953, el 6 de julio como el día del maestro, estableciéndose también como el Día de las Escuelas Normales del Perú en mérito a la Escuela Normal creada por el Libertador. Que, en el maestro muchas veces realiza su trabajo afrontando las más duras condiciones de tiempo, clima o distancias, entregándose completamente a su labor educadora, pues es consciente que de él depende consolidar los cimientos sobre los que se habrán de sostener los futuros ciudadanos de nuestra Patria, aquellos hombres de bien que engrandecerán al Perú a través del estudio y del trabajo. Que, en muchos casos el maestro cumple su función en forma anónima, pero no por ello deja de ser sumamente valiosa ya que tiene la importante misión de sembrar importantes conocimientos y valores entre sus alumnos, lo cual es la base de una sociedad más justa y mejor.