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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348577 VISTOS: La Ley Nº 28880 que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006. CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo II y VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y fi nanciamiento del sector público; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprueba el Presupuesto para el Sector Público, para el año fi scal 2007; Que, el Decreto de Urgencia Nº 024-2006, publicado el 26 de septiembre del 2006, establece en su artículo segundo que la relación de bienes, servicios y obras se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, dicha Resolución incluyendo la relación se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades; Estando a lo acordado y de conformidad con la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, el Decreto de Urgencia Nº 24-2006 en el cual se establece el procedimiento especial para la ejecución de las actividades y proyectos bajo el ámbito de la Ley Nº 28880 y de conformidad con los Artículos II y VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la relación de Servicios que serán adquiridos por la Municipalidad Distrital de Luya por encargo del Gobierno Regional Amazonas, derivadas de la Ley que aprueba un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año 2006, las mismas que a continuación se detalla: Proyecto : Construcción Puente, Mejoramiento y Rehabilitación Carretera Cáclic-Luya-Lamud Meta : Construcción Puente Cáclic. Objeto : Ejecución de Obra “Construcción Puente Cáclic”. Supervisión de Obra Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente acto administrativo al Gobierno Regional Amazonas e instancias internas de la Municipalidad. Regístrese y comuníquese. SEGUNDO LEOPOLDO VALQUI ZUTA Alcalde 80542-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JACINTO Establecen Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 007 -2007/M.D.S.J/ALC. San Jacinto, 3 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JACINTO POR CUANTO: En la sesión de Concejo de fecha nueve de Abril del Dos Mil Siete, se dio lectura al Dictamen de la O fi cina de Asesoría Legal, sobre el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso Participativo del Presupuesto Institucional 2008; y CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 096-MDSJ/GM, emitido por la Gerencia Municipal; así mismo el Informe Nº016-2007-MDSJ-ALE-TRZB-SJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Legal; sobre el Proceso Participativo del Presupuesto para el Año 2008; establecen que el Concejo Municipal debe reglamentar el mencionado proceso en el marco de sus competencias y acorde con la normatividad establecida sobre la materia. Que los artículos 97° y 199° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV., establecen que Las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley. Que el artículo 53° de la Ley Orgánica de la Municipalidad Nº 27972, señala que las Municipalidades se rigen por los Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. Que, la decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos. Que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las normas que garanticen, una efectiva Participación Vecinal, conforme a lo señalado en el artículo 9° inciso 14 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, como documentos fuente se tomarán como referencia para el desarrollo del proceso Participativo del Presupuesto Institucional 2008, el Plan Integral de Desarrollo de la Municipalidad Distrital de San Jacinto 2003-2010. De conformidad con lo establecido en los artículos 9° numerales 8 y 14 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente: CRONOGRAMA DEL PROCESO 1.- Preparación y Convocatoria Mayo 2007 2.- Identi fi cación de los Agentes Participantes Del 20 al 31 de mayo 2007 3.- Capacitación de los Agentes Participantes Junio a Diciembre 20074.- Desarrollo de Talleres Junio 20075.- Evaluación Técnica de Prioridades Julio 20076.- Formalización de los Acuerdos Agosto 20077.- Rendición de Cuentas Junio a Diciembre 2007 El tenor literal de la presente Ordenanza podrán ser solicitadas en la O fi cina de Trámite Documentario de la Municipalidad Distrital de San Jacinto. Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ LUIS CORNEJO FEIJOÓ Alcalde 79281-1