Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2007 (06/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 U.S. $ 112.50 225.00 562.50 75.00 146.44 2,369.47 187.12 150.00 18,037.50 450.00 225.00 505.88 187.12 68.63 477.52 53.93 37.50 450.00 11,250.00 18.75 18.75 225.00 16,875.00 3,150.00 3,600.00 335.00 336.05 150.00 225.00

348561
: PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO : GESUR S.A.C. : PROTECCION AL CONSUMIDOR DISCRIMINACION EN EL CONSUMO GRADUACION DE LA SANCION MULTA MEDIDA CORRECTIVA PUBLICACION DE LA RESOLUCION : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS

DPTO. / PROV. / DISTRITO PUNO/PUNO ACORA MANAZO PICHACANI SAN MORDAZA TIQUILLACA PUNO/SAN MORDAZA DE PUTINA ANANEA PUTINA SINA PUNO/SAN MORDAZA MORDAZA CARACOTO JULIACA PUNO/SANDIA ALTO INAMBARI CUYOCUYO LIMBANI PHARA QUIACA MORDAZA SAN MARTIN/HUALLAGA SACANCHE SAN MARTIN/MARISCAL MORDAZA HUICUNGO SAN MARTIN/MOYOBAMBA JEPELACIO MOYOBAMBA SAN MARTIN/RIOJA MORDAZA TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA INCLAN PACHIA PALCA TACNA/TARATA ESTIQUE MORDAZA TUMBES/CONTRALMIRANTE MORDAZA CANOAS DE PUNTA SAL

DENUNCIANTE DENUNCIADO MATERIA

ACTIVIDAD

SANCION: 70 UIT MORDAZA, 18 de junio de 2007 ANTECEDENTES 1. Mediante Resolucion Nº 1 del 24 de enero de 20061, la Comision de Proteccion al Consumidor (en adelante, la Comision) inicio un procedimiento de oficio en contra de Gesur S.A.C.2 (en adelante, Gesur) por presunta infraccion a lo establecido en el articulo 7B del Decreto Legislativo Nº 716 - Ley de Proteccion al Consumidor. Ello, toda vez que en una diligencia de inspeccion en el local del restaurante-bar-discoteca "Cafe del Mar" ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 850 - Miraflores, se constato que se impidio el ingreso al local a una MORDAZA de rasgos mestizos, mientras que se permitio el ingreso a una MORDAZA de rasgos caucasicos. 2. Presentados los descargos, mediante Resolucion Nº 911-2006/CPC del 23 de MORDAZA de 2006, la Comision encontro responsable a Gesur por infraccion al articulo 7B del Decreto Legislativo Nº 716; la sanciono con una multa de 37 UIT; y, le ordeno como medida correctiva, que se abstenga de continuar con la comision de practicas discriminatorias que vulneren los derechos de los consumidores o de cualquier otra practica que implique la seleccion de clientela sin mediar causas objetivas o justificadas. Asimismo, dispuso que se remitan copias de la Resolucion al Directorio del Indecopi para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 3. Por Resolucion Nº 1415-2006/TDC-INDECOPI del 13 de setiembre de 2006, la Sala de Defensa de la Competencia confirmo en todos sus extremos la Resolucion Nº 911-2006/CPC. La Resolucion fue notificada a Gesur el 6 de octubre de 2006. 4. El 22 de octubre de 2006, el programa periodistico "Panorama" difundio un reportaje en el cual se apreciaba que en una verificacion hecha por Panamericana Television en el local de "Cafe del Mar" se continuaba incurriendo en practicas discriminatorias. Conforme podia apreciarse del reportaje, una MORDAZA de personas de raza mestiza fue impedida de ingresar al local debido a que habia una fiesta privada y que necesitaban invitacion. Sin embargo, otra persona de rasgos caucasicos ingreso sin ningun MORDAZA de restriccion a pesar que no era invitado de la supuesta fiesta ni contaba con tarjeta de invitacion. 5. Mediante Resolucion Nº 1 del 31 de octubre de 2006, la Comision resolvio iniciar un MORDAZA procedimiento contra Gesur por presunta infraccion al articulo 7B del Decreto Legislativo Nº 716 y le ordeno, en calidad de medida cautelar, que se abstenga de realizar cualquier MORDAZA de conducta que implique practicas discriminatorias por motivo de raza, sexo, nivel socioeconomico, idioma, discapacidad, preferencia politicas, creencias religiosas o de cualquier otra indole y, por tanto, permita el ingreso irrestricto de los consumidores en general a sus instalaciones para el uso y disfrute de sus servicios. La Resolucion Nº 1 fue notificada a Gesur el mismo 31 de octubre de 2006. 6. El 1 y el 4 de noviembre de 20063, funcionarios del Area de Fiscalizacion del Indecopi se apersonaron al local de "Cafe del Mar" para verificar el cumplimiento de la medida cautelar, constatando que los miembros

741,636.68 1,187,889.65 Total Distritos 550

80006-1 INSTITUTO NACIONAL DE

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Se sanciona a Gesur S.A.C. por actos de discriminacion a los consumidores en restaurante-bar-discoteca "Cafe del Mar"
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 1029-2007/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 2188-2006/CPC PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

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Emitida en el Expediente Nº 176-2006/CPC. Con R.U.C. Nº 20505562713. El 31 de octubre de 2006, se realizaron llamadas telefonicas a "Cafe del Mar" recibiendo la informacion que en esa fecha se realizaria una fiesta de Halloween en el que el uso de disfraz no era obligatorio y que no era necesario realizar reservas, todo lo cual se grabo. El 3 de noviembre de 2006 se realizo otra llamada telefonica, recibiendo la informacion que en esa fecha no era necesario efectuar reservas.

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