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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de julio de 2007 348572 VISTO: El O fi cio Nº 0209-2007-GR.LAMB-DRE-OFAJ, el Ofi cio Nº 030-2007-GR.LAMB/DIGR, del 4 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero del 2004, se interpone una demanda de desalojo, propuesta por el Procurador Público del Estado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación en contra de los Sres. Ramón Urrutia Medina; Luis Díaz Carbajal, José Paredes Suárez; Marcial Chávez Bautista; Ramón Urrutia Marín y demás ocupantes sin título; Que, mediante O fi cio Nº 0209-2007-GR.LAMB- DRE-OFAJ, de fecha 18 de enero del 2007, el Director Regional de Educación, Lic. Juan Sánchez Vicente, solicita se autorice al Procurador Regional, Dr. Feliciano Vasquez Molocho, para que inicie las acciones legales, para recuperar la posesión de 1,859.55 m2, del inmueble de propiedad del Ministerio de Educación sito en Av. 28 de Julio s/n, distrito de Cayaltí, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque donde funciona el Instituto Superior Tecnológico Público “Edilberto Rivas Vásquez”. Que, la ocupación precaria de 1,859.55 m2 del mencionado inmueble de propiedad del Ministerio de Educación por parte de terceros, causa un perjuicio patrimonial al Estado; Que, es necesario la emisión de la Resolución Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales respectivas para defender los intereses del Estado, según el Informe Legal N° 243-2007-GR.LAMB/ORAJ y Oficio N° 030-2007-GR.LAMB/DIGR, de fechas 18 de mayo y 4 de junio de 2007, con Exp. de Reg. 123325 y 130289 respectivamente; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 21 de mayo de 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales que correspondan, tendientes a recuperar el bien inmueble de propiedad del Estado. Que, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el artículo 78° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867 y su modi fi catoria Ley N° 27902, Decreto Ley N° 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS “Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional”, Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444; Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO, PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE, el inicio de las acciones legales que correspondan, contra los poseedores del inmueble de propiedad del Ministerio de Educación, ubicado en la Av. 28 de Julio s/n - distrito de Cayaltí, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- REMITIR todos los actuados a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además en el Diario O fi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 80201-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Convocan a vecinos del distrito al proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales para el período 2007 - 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2007-MDJM Jesús María, 3 de julio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA; Visto , el Informe Nº 235-07-MDJM/UPV remitido por la Sub Gerencia de Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Concejos Municipales, a propuesta del alcalde, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; Que, por Ordenanza Nº 123 – MJM de 17 de octubre de 2003 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales de Jesús María; Que, el artículo 27º de la Ordenanza Nº 124 – MJM de 17 de octubre de 2003 que aprueba el Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales de Jesús María, establece que el cronograma del proceso eleccionario será establecido por Decreto de Alcaldía; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero .- Convocar a los vecinos del distrito de Jesús María, al proceso de elección de las Juntas Vecinales Comunales, para el período 2007-2008. Artículo Segundo .- Designar al Comité Electoral encargado de conducir el proceso conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 124 – MJM, el mismo que estará integrado por los siguientes vecinos: Presidente: Sr. Fernando Piazze Díaz. Secretario: Sra. Liliana Cóndor Cotrina. Vocal: Sr. Víctor Bazán Pastor. Artículo Tercero .- Apruébese el siguiente cronograma del proceso eleccionario: CONVOCATORIA A ELECCIONES 03 DE JULIO DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL 03 DE JULIODIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA 04 AL 11 DE JULIOINSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS 09 AL 13 DE JULIO