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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2007 (09/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2007 348766 N° de PericiaN° InscripciónRes. de CancelaciónNombre y Apellidos 126-MIG15748020 09-2007/ SGDIWalther Vicente Anco Pariasca 44279567 Walther César Lozano Ventura 017-MIG40193833 021-2007/ SGDIJosé Daniel Ancajima Ancajima 43916441 Luis Fernando Ancajima Chávez 283-MIG41160374 39-2007/ SGDIJhon Wilmer Sequeiros Silva 44348451 Yohn Wilmer Silva Pernia 317-MIG40326911 48-2007/ SGEDIAnalí Melissa Lara Peñaloza 44077695 Yuriko Analí Landa Nakamura 377-MIG31922880 54-2007/ SGDIAndrés Gelacio Justiniano Jara 44473110 Leopoldo Dextre Maldonado 395-MIG08149750 56-2007/ SGDIAntonio Martín Soriano Tealdo 44446794 Antonio Aurelio Giura Orellana 468-MIG07046670 69-2007/ SGDIDagoberto Benítes Ruíz 07363180 Rigoberto Chun Ruíz 518-MIG10307243 73-2007/ SGDIJulio Muñoz Gutiérrez 43671337 Julio César Morales Gutiérrez 056132973484 85-2007/ SGDIMarcos Antonio Aduber Ramírez 80205919 Marco Antonio Ribeiro Ramírez 051-AFIS- MIG09416174 24-2007/ SGDIEfraín Enciso Anyosa 42670279 Julio Yamashiro Montañez 102-MIG17433650 799-007/ SGEDIJesús Manuel Montenegro Mendoza 42966315 Jhonny José Shimabuco Díaz 436-MIG29295083 01-2007/ SGDIZonia Amparo Cuadros Herrera 80458137 Zonia Amparo Cuadros Morales 439-MIG09935794 01-2007/ SGDIVíctor Hugo De Los Heros Riofrío 43057533Gustavo Raymundo Rodríguez Riofrío 008-MIG32789230 21-2007/ SGDIMelitón Santisteban Martínez 33260758 Melitón Deza Kato 248-MIG42535830 41-2007/ SGEDIGrover Velásquez Paniagua 43958209 Alberto José Portugal Ramos 246-MIG10477285 41-2007/ SGEDIKarina Cecilia Llerena Bracamonte 42713907 Karina Cecilia Llerena Pisco 349-MIG 15844836 49-2007/ SGEDIGliceria María Popayán Oncoy 44099437 María Nahomi Murasawa Oncoy 378-MIG07996069 54-2007/ SGDIAlejandro Amílcar Mejía Romero 44479541 Alejandro Mejía Jesús 149-MIG27551614 197-2007/ SGDIMaría Natalia Ruíz Rojas 40566633 Consuelo Ruíz Rojas 169-MIG27068724 27-2007/ SGEDIJuan Alfonso Apaéstegui Quiliche 27078851 Juan Alfonso Apaéstegui Quiliche Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron de fi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, del referido comportamiento se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 81384-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Moquegua y Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 089-2007/SBN-GO-JAR La Molina, 27 de junio de 2007Visto el Expediente Nº 074-2007/SBN-JAR, correspondiente al trámite de Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 14 253,96 m², ubicado fuera de la zona de expansión urbana, en el valle del río Ilo, colindante con el fundo Chaspaya, en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo y departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción yfi scalización; Que revisada la base grá fi ca de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identi fi có el terreno de 14 534,69 m² ubicado fuera de la zona de expansión urbana, en el valle del río Ilo, colindante con el fundo Chaspaya, en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo y departamento de Moquegua, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica el 10 de julio de 2006, se veri fi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza, conformado por suelo gravoso con a fl oramiento rocoso, topografía accidentada, y se encuentra ocupado en una pequeña parte por terceros y en su mayor extensión está desocupado; Que, mediante Certi fi cado de Búsqueda Catastral de fecha 27 de marzo de 2007, la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, informa que una parte del predio materia de consulta se encuentra inscrito en el Registro de Predios de Ilo; Que, efectuado el replanteo del área materia de diagnóstico se ha excluido la zona inscrita, determinando como consecuencia de ello un área libre de inscripción de 14 253,96 m2, respecto de la cual procede continuar con el trámite de inmatriculación a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el “Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales” señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio del terreno antes descrito,