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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2007 (22/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de julio de 2007 349773 Que, la exoneración del proceso de selección, por la causal de servicios personalísimos, en cuanto a la modalidad de contratación se debe sujetar a lo que dispone el Art. 145° del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado normado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; siendo que esta norma se aplica a los contratos con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad; señalándose además que para efectos de la exoneración del proceso de selección éste deberá ser decidido mediante resolución del Concejo Municipal cuando lo amerite, esto es atendiendo sus características y cualidades inherentes, con un servicio de carácter personalísimo. Que, por lo señalado precedentemente, se requiere contratar personas técnicas especializadas, para realizar los trabajos descritos en el Requerimiento N° 18, presentado por el Ingeniero Residente de la obra: “Construcción del Puente Mixto de la Trocha Carrozable Tinco- Cotoracá- Coirocsho”, Ing. Richard Lucano Angeles; cuya contratación deberá ser previa exoneración del proceso de selección, por la causal de servicios personalísimos; y la misma debe darse con el carácter de de fi nitiva, amparándose la exoneración puntualizada. Asimismo, deberá tenerse en cuenta lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneración no son impugnables. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y en el D. S. N° 083-2004-PCM y D.S. N° 084-2004- PCM; y sometido a consideración de los señores regidores previa las deliberaciones del caso y votación de estilo, por unanimidad del pleno de regidores: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal N° 082- 2007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fi nes de Ley; así como el Requerimiento N° 18, de fecha 26 de junio del 2007, que motiva el presente Acuerdo y que formara parte de la presente Resolución. Articulo Segundo.- Exonerar del proceso de selección por la causal de servicios personalísimos (Técnicos Especializados), para la realización de trabajos de estructuras metálicas en la obra: “Construcción del Puente Mixto de la Trocha Carrozable Tinco- Cotoracá- Coirocsho”, según el requerimiento N° 18, presentado por el Ing. Residente Richard E. Lucano Angeles; por un valor referencial de S/. 60,000.00 nuevos soles, que serán financiados con recursos del CANON y FONCOMUN. Articulo Tercero.- Encargar al Comité de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que señala el Art. 148° Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y la contratación tendrá el carácter de de fi nitivo, para la fi rma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir copia del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Articulo Quinto.- Ordenar la publicación del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL CRISTIAN DÍAZ VÁSQUEZ Alcalde 86883-1Exoneran de proceso de selección la adquisición de máquinas y muebles para la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 377 -2007-MDPL. Pueblo Libre, 11 de julio del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de julio del 2007, y el Informe Legal N° 083-2007-MDPL/ AJ, con relación a la adquisición de Máquinas y Muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, según el perfi l elaborado por el Ing. Richard E. Lucano Angeles; vía exoneración de proceso de selección por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Inc. “C” del Art. 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 21° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que el desabastecimiento inminente es “aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”. Que, el Informe Legal N° 083-2007-MDPL/AJ, se pronuncia por la procedencia de la exoneración del Proceso de Selección por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisición de máquinas y muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, según el per fi l elaborado por el Ing. Richard Lucano Angeles. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y en el D. S. N° 083-2004-PCM y D.S. N° 084-2004- PCM, sometido a consideración de los señores regidores previa las deliberaciones del caso y votación de estilo, por unanimidad del pleno de regidores: SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar el Informe Legal N° 083- 2007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fi nes de Ley; así como el per fi l que motiva el presente Acuerdo, que formará parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selección por desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisición de máquinas y muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, según el per fi l elaborado por el Ingeniero Richard E. Lucano Angeles; por un valor referencial de S/. 53,741.67 nuevos soles (cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y uno con 67/100 nuevos soles), que será fi nanciado con recursos del CANON; conforme el detalle siguiente: OFICINA ALCAL- DIASECRE- TARIA.CONTA- BILIDADALMA- CENTESO- RERIAREG. CIVILTOTAL Computadora PENTIUM D01 01 01 01 01 01 06 Impresora HP DESIGNJET 110 plus01 01