Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2007 (22/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de servicios personalisimos, en cuanto a la modalidad de contratacion se debe sujetar a lo que dispone el Art. 145° del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado normado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; siendo que esta MORDAZA se aplica a los contratos con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad; senalandose ademas que para efectos de la exoneracion del MORDAZA de seleccion este debera ser decidido mediante resolucion del Concejo Municipal cuando lo amerite, esto es atendiendo sus caracteristicas y cualidades inherentes, con un servicio de caracter personalisimo. Que, por lo senalado precedentemente, se requiere contratar personas tecnicas especializadas, para realizar los trabajos descritos en el Requerimiento N° 18, presentado por el Ingeniero Residente de la obra: "Construccion del MORDAZA Mixto de la Trocha Carrozable Tinco- Cotoraca- Coirocsho", Ing. MORDAZA MORDAZA Angeles; cuya contratacion debera ser previa exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de servicios personalisimos; y la misma debe darse con el caracter de definitiva, amparandose la exoneracion puntualizada. Asimismo, debera tenerse en cuenta lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneracion no son impugnables. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y en el D. S. N° 083-2004-PCM y D.S. N° 084-2004PCM; y sometido a consideracion de los senores regidores previa las deliberaciones del caso y votacion de estilo, por unanimidad del pleno de regidores: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal N° 0822007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fines de Ley; asi como el Requerimiento N° 18, de fecha 26 de junio del 2007, que motiva el presente Acuerdo y que formara parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion por la causal de servicios personalisimos (Tecnicos Especializados), para la realizacion de trabajos de estructuras metalicas en la obra: "Construccion del MORDAZA Mixto de la Trocha Carrozable Tinco- CotoracaCoirocsho", segun el requerimiento N° 18, presentado por el Ing. Residente MORDAZA E. MORDAZA Angeles; por un valor referencial de S/. 60,000.00 nuevos soles, que seran financiados con recursos del CANON y FONCOMUN. Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148° Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y la contratacion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de maquinas y muebles para la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 377 -2007-MDPL.
Pueblo Libre, 11 de MORDAZA del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de MORDAZA del 2007, y el Informe Legal N° 083-2007-MDPL/ AJ, con relacion a la adquisicion de Maquinas y Muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, segun el perfil elaborado por el Ing. MORDAZA E. MORDAZA Angeles; via exoneracion de MORDAZA de seleccion por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Inc. "C" del Art. 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley. Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 21° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda". Que, el Informe Legal N° 083-2007-MDPL/AJ, se pronuncia por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisicion de maquinas y muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, segun el perfil elaborado por el Ing. MORDAZA MORDAZA Angeles. De conformidad con lo expuesto y de acuerdo a lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y en el D. S. N° 083-2004-PCM y D.S. N° 084-2004PCM, sometido a consideracion de los senores regidores previa las deliberaciones del caso y votacion de estilo, por unanimidad del pleno de regidores: SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal N° 0832007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fines de Ley; asi como el perfil que motiva el presente Acuerdo, que formara parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion por desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisicion de maquinas y muebles para la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, segun el perfil elaborado por el Ingeniero MORDAZA E. MORDAZA Angeles; por un valor referencial de S/. 53,741.67 nuevos soles (cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y uno con 67/100 nuevos soles), que sera financiado con recursos del CANON; conforme el detalle siguiente:
OFICINA Computadora PENTIUM D Impresora HP DESIGNJET 110 plus ALCAL- SECREDIA TARIA. 01 01 01 CONTA- ALMA- TESO- REG. TOTAL BILIDAD CEN RERIA CIVIL 01 01 01 01 06 01

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